AMPLIACION DE DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. RUALER S.A.




Promulgación: 18/08/1999
Publicación: 27/08/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 407
VISTO: la solicitud de la empresa RUALER S.A., tendiente a que se amplíe
la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 8 de julio de 1998 por la que
se declaró de Interés Nacional la actividad de su proyecto de inversión;

RESULTANDO: la empresa solicita ampliación de la inversión prevista
orginariamente debido a los avances tecnológicos y a la necesidad de
ampliar la capacidad de producción;

CONSIDERANDO: la Dirección Nacional de Industrias, del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12o. de la Ley 16.906, del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;

ATENTO: a lo expuesto, y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del
28 de marzo de 1974 y en la Ley 16.906 del 7 de enero de 1998;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 8 de julio de 1998,
por la que se declaró de Interés Nacional la actividad del proyecto de
inversión de la empresa RUALER S.A. en el sentido de incluir: Código de
barras-software; cuatro (4) unidades condensadoras; Cuatro (4)
evaporadores; cuatro (4) termostatos; Dieciocho (18) ductos flexibles;
Veinte (20) cajas registradoras; Veinte (20) tapered reducer; Un (1)
telar; Una (1) canillera; Dos (2) máquinas de tejer; Dos (2) filetas; Una
(1) máquina para arrollar alfombra; Ocho (8) extractores; Un (1)
montacarga; Veinte (20) shablores para impresión; Un (1) sistema de
espumado; Un (1) compresor, Una (1) estación completa de diseño gráfico;
Una (1) máquina fijadora; Un (1) sistema de vacío; Un (1) servicio de
Internet visual; Una (1) máquina de bordes; Una (1) máquina flecadora;
Dos (2) overlockeadoras; dentro del listado de equipamiento exonerado en
su numeral 2o. declarado "no competitivo de la industria nacional";

2

  Otórgase a la firma RUALER S.A. la exoneración prevista en el art. 1º del Decreto Ley No. 15.548 del 17 de mayo de 1984, con la redacción dada por el art. 419 de la Ley No. 15.903 del 10 de noviembre de 1987, hasta un monto máximo generador de dicha exoneración de US$ 412.658, que será aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos entre el 1º/07/99 y el 30/06/2001.
  En virtud del art. 3º del decreto Ley No. 15.548, el financiamiento del 
presente proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del ahorro 
previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9º.
  La empresa RUALER S.A., tendrá un plazo máximo para realizar las modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios ampliando el 
capital autorizado y emitir las acciones correspondientes al capital integrado, de acuerdo al inciso 1º del presente numeral, hasta el día 
30/06/2002. (*)


(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 295/001 de 08/03/2001 numeral 2.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 674/999 de 18/08/1999 numeral 2.
Referencias al numeral

3

 Los bienes de activo fijo que se incorporen para llevar a cabo la
actividad del proyecto de inversión, correspondientes a la ampliación
objeto de la presente resolución, se podrán computar como activos exentos
a los efectos de la liquidación del Impuesto al Patrimonio, por el
término de 5 años a partir del ejercicio de su incorporación inclusive. A
los efectos del cómputo de los pasivos los citados bienes serán
considerados activos gravados.

4

 Comuníquese a la Comisión de Aplicación, etc.

SANGUINETTI - JULIO HERRERA - LUIS MOSCA
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