ADJUDICACION DE SERVICIO DE RADIODIFUSION DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE. TELEVISION NACIONAL DE URUGUAY (TNU)




Promulgación: 24/10/2013
Publicación: 31/10/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1841
Referencias a toda la norma

4

 Conceder a INTENDENCIA DE ARTIGAS el derecho de uso de un canal
radioeléctrico de 6 MHz de ancho de banda y asignar a tal fin, en carácter
exclusivo, el canal identificado como 29 (560-566 MHz) en el área local
potencial definida en el numeral 2) del Pliego de Bases y Condiciones y en
su Anexo 4 para la ciudad de Artigas, departamento de Artigas, a los solos
efectos de la prestación del servicio autorizado. La presente
autorización, y su correspondiente concesión de uso y asignación de
espectro radioeléctrico están condicionadas al cumplimiento del proyecto
técnico definitivo que apruebe la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC), del proyecto comunicacional y demás compromisos
asumidos en la propuesta presentada en el marco de las disposiciones del
Pliego de Bases y Condiciones. Su incumplimiento podrá dar lugar a
sanciones, incluyendo la revocación de la autorización y concesión
conferidas.
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