DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. BROU




Promulgación: 10/11/2014
Publicación: 19/11/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 880

4

   Para tener derecho al crédito dispuesto en la presente Resolución, el BROU deberá presentar al cierre de cada ejercicio económico una declaración jurada ante la Comisión de Aplicación (COMAP) a que refiere el artículo 12 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, detallando las inversiones ejecutadas al amparo de la presente resolución.

   Dicha Comisión de Aplicación dictaminará sobre la procedencia del otorgamiento del beneficio, dando cuenta al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Dirección General Impositiva.
Ayuda