TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD. "RADIO IMPARCIAL". AM 1090 KHZ. CX 28. MONTEVIDEO




Promulgación: 03/12/2018
Publicación: 11/12/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de autorización para realizar el negocio definitivo de transferencia de titularidad del Servicio de Comunicación Audiovisual que opera en la frecuencia AM 1090 KHz CX 28 del departamento de Montevideo, cuyo titular es la sociedad "SUCESIÓN WALFRIDO FIGUEIRA MORÁN S.R.L." a favor de la sociedad FADMIR S.A.;

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 285/988 del 26 de julio de 1988 y las modificaciones introducidas por las Resoluciones del Poder Ejecutivo N° 865/996 de 10 de setiembre de 1996 y N° 751/997 de 12 de agosto de 1997, se autorizó el cambio de titularidad de las Difusoras CX 28, frecuencia 1090 KHz de Montevideo y CW 43, frecuencia 1480 KHz de la ciudad de Rivera a favor de la Sociedad "SUCESIÓN WALFRIDO FIGUEIRA MORÁN SOCIEDAD COLECTIVA", integrada por José Félix Iglesias Valdés y Celia Teresa Figueira;

   II) que por la Resolución N° 389/995 de la Dirección Nacional de Comunicaciones de fecha 23 de junio de 1995, se aprobó la transformación de la sociedad "SUCESIÓN WALFRIDO FIGUEIRA MORÁN SOCIEDAD COLECTIVA" en "SUCESIÓN WALFRIDO FIGUEIRA MORAN S.R.L.", manteniendo la misma integración;

   III) que por resolución del Poder Ejecutivo N° 1573/001 de 31 de octubre de 2001, se autorizó la transferencia de las cuotas sociales propiedad del señor José Félix Iglesias, en la sociedad "SUCESIÓN WALFRIDO FIGUEIRA MORÁN S.R.L.", titular de la emisora de radiodifusión CX 28 Radio Imparcial de Montevideo, que opera en la frecuencia 1090 KHz. a favor de Adriana Teresita Iglesias Figueira, Patricia Verónica Iglesias Figueira, Eduardo Rafael Iglesias Figueira y Celia Teresa Figueira;

   CONSIDERANDO: I) que los interesados solicitaron autorización para realizar el negocio definitivo de transferencia de titularidad de la emisora a favor de FADITUR S.A. integrada por el Sr. Miguel Alberto Tornaría Bentancur como único accionista;

   II) que conforme a lo establecido en el artículo 109 inciso 5 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014 corresponde que el Poder Ejecutivo se pronuncie sobre la propuesta de transferencia solicitada;

   III) que analizada la documentación agregada, las partes han cumplido con los requisitos exigidos a efectos de acceder a lo solicitado;

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los artículos 70 y siguientes de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por los artículos 143 y siguientes de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, sus modificativos y concordantes, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESULEVE:

1

   Autorízase la realización del negocio definitivo de transferencia de la titularidad del Servicio de Comunicación Audiovisual que opera en la frecuencia AM 1090 KHz, CX 28, "Radio Imparcial" del departamento de Montevideo, cuyo titular es la sociedad "SUCESIÓN WALFRIDO FIGUEIRA MORÁN S.R.L.", a favor de "FADITUR S.A." integrada por el Sr. Miguel Alberto Tornaría Bentancur como único accionista.
Referencias al numeral

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
Ayuda