REGULARIZACION DE LA PRESTACION DEL SERVICIO DE RADIODIFUSION COMUNITARIA




Promulgación: 08/12/2011
Publicación: 28/12/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1474
Referencias a toda la norma
VISTO: las autorizaciones dispuestas por las Resoluciones Nos. 888/008 de
24 de octubre de 2008 y 140/011 de 23 de marzo de 2011, para la prestación
del servicio de Radiodifusión comunitaria por parte de diversos Grupos de
Personas organizadas sin fines de lucro;

RESULTANDO: I) que por las resoluciones citadas se autorizó la prestación
del servicio de radiodifusión comunitaria a diversos emprendimientos de
Grupo de Personas Organizadas en distintas zonas del Departamento de
Montevideo, así como otros emprendimientos similares en localidades de los
Departamentos de Canelones, Maldonado, Tacuarembó, Paysandú, Rivera,
Rocha, Durazno, Artigas, Salto, Cerro Largo, Colonia y Florida;

CONSIDERANDO: I) de acuerdo a lo dispuesto en las resoluciones Nos.
888/008 y 140/011 citadas, las autorizaciones fueron otorgadas por así
corresponder, en las condiciones de utilización y en el plazo establecido
en los artículos 6° y 13° de la Ley N° 18.232 de 22 de diciembre de 2007;

II) que de acuerdo a dichas disposiciones legales se trata de frecuencias
para "uso compartido", por un plazo determinado cuya asignación
corresponde al Ministerio de Educación y Cultura;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley N° 18.232
de 22 de diciembre de 2007, los artículos 70 y siguiente de la Ley N°
17.296 de 21 de febrero de 2001, el Decreto N° 208/008 de 14 de abril de
2008, la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de junio de 2008 y a lo
Informado por la Unidad de Servicios de Comunicaciones y la Asesoría
Jurídica de Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Establecer que la asignación de las frecuencias que se detallan en el
Anexo Técnico del presente acto administrativo y que forma parte del
mismo, es efectuada al Ministerio de Educación y Cultura.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 621/011 de 
08/12/2011.

2

 Determínase que las autorizaciones otorgadas para la prestación del
servicio de radiodifusión comunitaria por las Resoluciones Nos. 888/008 de
24 de octubre de 2008 y 140/011 de 23 de marzo de 2011, continúan en las
mismas condiciones técnicas, administrativas y jurídicas a las
establecidas en dichas Resoluciones.

3

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido archívese.



JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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