DESAFECTACION DE TRAMO DE RUTA NACIONAL. RUTA 81




Promulgación: 28/07/1993
Publicación: 11/08/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 Visto: La gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad,
tendiente a la descalificación como Ruta Nacional del Tramo de camino
conocido como Ruta Nº 81 desde su empalme con Ruta Nro. 8 al paraje Aguas
Dulces de una longitud de 11 kms, (Departamento de Lavalleja).

 Resultando: I) Que la citada Dependencia en atención a que el citado
tramo reúne las condiciones para ser considerado camino vecinal, promueve
su desafectación de la jurisdicción nacional, ya que su actual
consideración distrae a la mencionada Dirección Nacional de las
importantes tareas a su cargo, disminuyendo la calidad de servicio que
debe brindarse al resto de las Rutas Nacionales cuyo mantenimiento esta a
su cargo.

 II) Que la Dirección Servicios Jurídicos (División Asesoría Letrada) del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas por informe Nº 364/93 de fecha
5 de julio de 1993, no formula observaciones a que se proceda a la
descalificación de que se trata.

 Atento: A lo establecido en el Decreto Ley Nº 10.382 del 13 de febrero de
1943.

                     El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

  Descalifícase de su carácter nacional pasando a la jurisdicción de la
Intendencia Municipal de Lavalleja al tramo de camino conocido como Ruta
81, desde su empalme con ruta Nro. 8 al paraje Aguas Dulces, con una
longitud 11kms 000, de acuerdo a lo informado por la Dirección Nacional de
Vialidad en autos.  

2

  Comuníquese a la Intendencia Municipal de Lavalleja y vuelva - por su
orden - a las Direcciones Nacionales de Topografía y Vialidad a sus
efectos.  

LACALLE HERRERA - JUAN CARLOS RAFFO
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