APROBACION DEL PROYECTO DE MODIFICACION DEL ESTATUTO DEL "FONDO DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CENTRO DE NAVEGACION Y EMPRESAS ASOCIADAS (FAS)"




Promulgación: 26/11/2018
Publicación: 05/12/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la solicitud de modificación del estatuto del "FONDO DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CENTRO DE NAVEGACIÓN Y EMPRESAS ASOCIADAS (FAS)";

   RESULTANDO: que la referida Caja de Auxilio presentó de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Ley N° 18.731 de 7 de enero de 2011 y del Decreto N° 221/011 de 27 de junio de 2011, los siguientes recaudos: a) proyecto de estatuto de "FONDO DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CENTRO DE NAVEGACIÓN Y EMPRESAS ASOCIADAS (FAS)" adaptado a la nueva normativa, b) estudio técnico que demuestra la viabilidad financiera de la referida Caja de Auxilio, c) convenio colectivo de fecha 15 de junio de 2012 celebrado por el empleador Agencia Marítima Ernesto J. Rhor S.A. y el colectivo de empleados representado por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM), convenio colectivo de fecha 12 de junio de 2012 celebrado por el empleador Antonio Mitrano S.A. y el colectivo de empleados representado por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM); convenio colectivo de fecha 15 de junio de 2012 celebrado por el empleador Centro de Navegación y por la parte trabajadora el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM), y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 18 de junio de 2012 celebrado por el empleador Chadwick Weir Navegación S.A. y el colectivo de empleados representado por la totalidad de los trabajadores de la empresa; convenio colectivo de fecha 20 de junio de 2012 celebrado por la parte empleadora Christophersen S.A. y el colectivo de empleados representado por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM); el convenio colectivo de fecha 21 de junio de 2012 por la parte empleadora Cosco Uruguay S.A. y el colectivo de empleados representado por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM); convenio colectivo de fecha 18 del mes de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Friburgo Ltda. y el colectivo de empleados representados por la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios (FUECYS); convenio colectivo de fecha 12 y 15 del mes de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Global Shipping S.A. y la parte trabajadora representada por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 13 de junio de 2012 celebrado por la parte empleadora Agencia Marítima Latinoamericana S.A. y la parte trabajadora representada por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM); convenio colectivo de fecha 18 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Mitracont S.A. y la parte trabajadora representada por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y la totalidad de los trabajadores que figuran en planilla; convenio colectivo de fecha 15 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Mediterranean Shipping Company Uruguay S.A. y el colectivo de empleados representado por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y la totalidad de trabajadores que figuran en planilla; convenio colectivo de fecha 18 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Montecon S.A. y el colectivo de empleados representado por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA); convenio colectivo de fecha 20 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Montevideo Harbour South America Limitada y el colectivo de trabajadores representado por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes de la mayoría de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 22 de julio de 2016 celebrado entre la parte empleadora Murchison (Uruguay) S.A. y los trabajadores representados por el Sindicato Único del Transporte de Carga y Ramas Afines (SUCTRA) y trabajadores que representan a la mayoría de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 22 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Nobleza Naviera S.A. y los trabajadores representados por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y trabajadores que representan a la mayoría de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 20 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Planir S.A. y los empleados representados por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y trabajadores en representación de la mayoría de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 20 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Rabit S.A. y los trabajadores representados por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 20 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Repremar S.A. y el colectivo de trabajadores representado por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 12 y 15 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Rifruland S.A. y en representación de la parte trabajadora el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 13 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Ritel S.A. y la parte trabajadora representada por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 14 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora por S.A.F. & C.J.R. WILLIAMS y los trabajadores representados por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de la mayoría de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 12 y 15 de junio de 2012 celebrado por la parte trabajadora por Schandy S.A. y la parte trabajadora representada por el colectivo de trabajadores representado por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 22 de marzo de 2017 celebrado por la parte empleadora Sociedad de Prácticos del Puerto de Montevideo y por la parte trabajadora representada por la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios (FUECYS); convenio colectivo de fecha 13 de junio de 2012 celebrado por la parte empleadora Agencia Marítima Sur S.A. y la parte trabajadora representada por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 13 de junio de 2012 celebrado por la parte empleadora Tacua S.A. y la parte trabajadora representada por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 20 de junio de 2012 celebrado por la parte empleadora Talfir S.A. y la parte trabajadora representada por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA); convenio colectivo de fecha 15 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Agencia Marítima Tranship (Uruguay) S.A. y la parte trabajadora representada por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes de la mayoría de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 12 y 15 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Transmundo S.A. y los empleados representados por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 20 de junio de 2012 celebrado por la parte empleadora Triben S.A. y los empleados representados por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes de la mayoría de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 12 y 15 de junio de 2012 celebrado por la parte empleadora Unimarine (URUGUAY) S.A. y los empleados representados por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 12 de junio 2012 celebrado entre la parte empleadora Universal Shipping Agency S.A. y la parte trabajadora representada por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 14 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleador CMA-CGM Uruguay S.A. y la parte trabajadora representada por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 15 de junio de 2012 celebrado por la parte empleadora CSAV Group Agencies Uruguay S.A. y la parte trabajadora representada por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio colectivo de fecha 20 de junio 2012 celebrada entre la parte empleadora Febaril S.A. y la parte trabajadora representada por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla; convenio de fecha 20 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Fondo de Ayuda Social para personal del Centro de Navegación y Empresas Asociadas y la parte trabajadora representada por la totalidad de los trabajadores y convenio colectivo de fecha 20 de junio de 2012 celebrado entre la parte empleadora Hapag Lloyd Argentina S.R.L. (Sucursal Uruguay) y la parte trabajadora representada por el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA) y Centro de Empleados de Agencias Marítimas (CEAM) y trabajadores representantes del cien por ciento de los trabajadores en planilla;

   CONSIDERANDO: I) que con fecha 2 de enero de 2013, 18 de marzo 2013 y 14 de enero de 2016 la Asesoría Letrada de la Dirección Nacional de Seguridad Social (DINASS) del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social formuló observaciones, las que fueron subsanadas oportunamente según informe letrado de fecha 22 de junio de 2018;

   II) que las actuaciones fueron remitidas al Ministerio de Economía y Finanzas con la finalidad de realizar el estudio de viabilidad financiera de conformidad con lo previsto en el artículo 31 del Decreto N° 221/011 de 27 de junio de 2011;

   III) que realizado el estudio antes mencionado, los Asesores del Ministerio de Economía y Finanzas realizaron sendos informes de fecha 27 de mayo de 2016 y 5 de febrero de 2018 estableciendo la viabilidad financiera de la caja de auxilio;

   IV) que de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 18.731 de 7 de enero de 2011 las actuaciones fueron remitidas al Banco de Previsión Social, que formuló observaciones, las que fueron subsanadas por parte de los representantes de la caja de auxilio que nos ocupa;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las previsiones de los artículos 17 y 23 de la Ley N° 18.731 de 7 de enero de 2011, así como de los artículos 30 a 34 del Decreto N° 221/011 de 27 de junio de 2011;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 RESUELVE

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   APRUÉBASE el proyecto de modificación del estatuto presentado por el "FONDO DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CENTRO DE NAVEGACIÓN Y EMPRESAS ASOCIADAS (FAS)" el que se adjunta como Anexo (*) a esta Resolución y que es parte integrante de la misma.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

   TABARÉ VÁZQUEZ - ERNESTO MURRO
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