APROBACION DE ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD RESPECTO A LA INICIATIVA PRIVADA DE LA EMPRESA FOSARA S.A. PARA OPERAR UN CASINO EN EL COMPLEJO DENOMINADO "CIPRIANI OCEAN RESORT AND CLUB RESIDENCES - PUNTA DEL ESTE"




Promulgación: 21/10/2019
Publicación: 29/10/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la iniciativa privada presentada por la empresa FOSARA S.A., al amparo de lo dispuesto por los artículos 19 y 20 de la Ley N° 17.555, de fecha 18 de setiembre de 2002 y su Decreto reglamentario N° 442/002, de fecha 28 de setiembre de 2002.

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 3 de junio de 2019, se aceptó la iniciativa privada presentada por la empresa aludida, consistente en la concesión de una licencia para operar un Casino en régimen de explotación privada en el complejo denominado "Cipriani Ocean Resort and Club Residences - Punta del Este", que se construirá en la Manzana 815, Playa Brava, de la ciudad de Punta del Este, departamento de Maldonado, que contempla la construcción de un Nuevo Hotel San Rafael, Casino, Locales Comerciales, Centro de Convenciones, Teatro, Spa y amenities, dos subsuelos de garajes subterráneos y residencias con destino vivienda.

   II) que asimismo por el citado acto administrativo se levantó la confidencíalidad y se requirieron los estudios de factibilidad previstos en el literal B) del artículo 19 de la Ley N° 17.555, de fecha 18 de setiembre de 2002.

   CONSIDERANDO: I) que la firma gestionante presentó los citados Estudios de Factibilidad, los que han sido analizado técnicamente por los Ministerios de Economía y Finanzas y Turismo, emitiendo ambos organismos informes favorables.

   II) que en consecuencia, se estima conveniente dictar resolución prestando la conformidad a los Estudios de Factibilidad respecto a la iniciativa privada presentada por la empresa FOSARA S.A., de acuerdo a lo informado y al marco normativo relacionado y cometer al Ministerio de Turismo el inicio del proceso licitatorio respectivo.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por las Asesorías Técnicas de los Ministerios de Turismo y de Economía y Finanzas y a lo dispuesto por los artículos 19 y 20 de la Ley N° 17.555, de fecha 18 de setiembre de 2002 y su Decreto Reglamentario N° 442/002, de fecha 28 de setiembre de 2002.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébanse los Estudios de Factibilidad respecto a la iniciativa privada presentada por la empresa FOSARA S.A., consistente en la concesión de una licencia para operar un Casino en régimen de explotación privada en el complejo denominado "Cipriani Ocean Resort and Club Residences - Punta del Este", que se construirá en la Manzana 815, Playa Brava, de la ciudad de Punta del Este, departamento de Maldonado, que contempla la construcción de un Nuevo Hotel San Rafael, Casino, Locales Comerciales, Centro de Convenciones, Teatro, Spa y amenities, dos subsuelos de garajes subterráneos y residencias con destino vivienda.

2

   Cométese al Ministerio de Turismo a iniciar el proceso licitatorio respectivo.

3

   Comuníquese, publíquese y vuelva al Ministerio de Turismo para la notificación al interesado y proseguir tramitación.

   TABARÉ VÁZQUEZ - BENJAMÍN LIBEROFF - PABLO FERRERI
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