VISTO: la gestión promovida por el Ministerio de Defensa Nacional para que
se autorice la suscripción del Acuerdo sobre Cooperación en el ámbito de
la Defensa a celebrarse entre la República del Paraguay y la República
Oriental del Uruguay.
RESULTANDO: I) que el Acuerdo de referencia tiene por objeto la
cooperación entre las partes en el área de la defensa, fundada en los
principios de igualdad, reciprocidad e interés mutuo y en el respeto a sus
respectivas legislaciones internas.
II) que el alcance de dicha cooperación tendrá como objetivos, entre
otros, promover acciones de intercomunicación, intercambio e
interrelación, principalmente en las áreas de investigación y desarrollo,
adquisición de bienes y servicios de defensa y apoyo logístico; compartir
conocimientos y experiencias adquiridos en sus actividades específicas, en
la utilización de los equipos militares de origen nacional y extranjero y
en el campo de operaciones; transmitirse conocimientos adquiridos en el
área de la ciencia y la tecnología; promover acciones recíprocas de
entrenamiento e instrucción militar; intercambiar información relativa a
equipos y sistemas militares; así como abarcar otras áreas calificadas de
interés en el ámbito de la defensa por acuerdo mutuo.
CONSIDERANDO: que es de interés de ambas partes la celebración del Acuerdo
referido.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección de
Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, por los Comandos
Generales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, por la Asesoría Notarial y
por el Departamento de Asuntos Internacionales del Ministerio de Defensa
Nacional y a lo dispuesto por el Artículo 135 de la Ley 18.172 de 31 de
agosto de 2007 y por el apartado I) del literal a) del inciso B) del
numeral 1ro. de la Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de octubre de 2005
(número interno 83.116).
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Autorízase la suscripción del Acuerdo a celebrarse entre la República
del Paraguay y la República Oriental del Uruguay sobre Cooperación en el
ámbito de la Defensa en los términos que lucen de fojas 56 a 59 vuelta
del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional número
2007.02758-6 que se considera parte integrante de la presente Resolución.
(*)
Comuníquese, publíquese y pase al Departamento de Asuntos Internacionales
y a la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a los
Comandos Generales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea a sus efectos.
Cumplido, vuelva y archívese.