AUTORIZACION A AGROLAND S.A. A GENERAR ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE EOLICA




Promulgación: 04/05/2015
Publicación: 12/05/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el nuevo proyecto presentado por la empresa AGROLAND S.A. para la ampliación de la potencia a instalar de la central generadora de energía eléctrica de fuente eólica de 0,45 MW autorizada en Resolución N° 144/007 de 16 de marzo de 2007, a una potencia instalada de 2,95 MW.

   RESULTANDO: que se solicita autorización para generar energía eléctrica utilizando energía eólica como fuente primaria, de acuerdo a lo previsto en los artículos 53 y 54 del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica.

   CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica, aprobado por Decreto N° 360/002 de 11 de setiembre de 2002 es cometido del Poder Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de generación;

   II) que en opinión de la Dirección Nacional de Energía se han cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente.

   ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el Decreto-Ley N° 14.694 de 1° de setiembre de 1977, la Ley N° 16.832 de 17 de junio de 1997, el Decreto N° 360/002 de 11 de setiembre de 2002, el Decreto N° 72/010 de 22 de febrero de 2010, el Decreto N° 174/013 de 11 de junio de 2013 y lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase a AGROLAND S.A. a generar energía eléctrica de fuente eólica, mediante una central generadora de 2,95 MW, según anteproyecto presentado, ubicada en los predios empadronados con los números 2.397, 4.288, 4.911, 6.813 y 23.225 de la séptima sección catastral del departamento de Maldonado, así como su conexión al "Sistema Interconectado Nacional".

2

   Déjase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo N° 144/007 de fecha 16 de marzo de 2007.

3

   Comuníquese, notifíquese, remítase copia a la Administración del Mercado Eléctrico y oportunamente archívese.

TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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