AUTORIZACION A R DEL SUR S.A. A GENERAR ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE EOLICA




Promulgación: 04/05/2015
Publicación: 12/05/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
 Ver:  Resolución Nº 907/015 de 23/09/2015 numeral 2.
   VISTO: el proyecto presentado por la empresa R DEL SUR S.A. para la instalación de una central generadora de energía eléctrica de 50 MW de fuente eólica.

   RESULTANDO: que se solicita autorización para generar energía eléctrica utilizando energía eólica como fuente primaria, de acuerdo a lo previsto en los artículos 53 y 54 del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica;

   CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 siguiente y concordantes del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica, aprobado por Decreto N° 360/002 de 14 de setiembre de 2002, es cometido del Poder Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de generación;

   II) que en opinión de la Dirección Nacional de Energía se han cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente.

   ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el Decreto-Ley N° 14694 de 1° de setiembre de 1977, la Ley N° 16832 de 17 de junio de 1997, el Decreto N° 360/002 de 14 de setiembre de 2002, el Decreto N° 72/010 de 22 de febrero de 2010, el Decreto N° 174/013 de 11 de junio de 2013 y lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase a R DEL SUR S.A. a generar energía eléctrica de fuente eólica, mediante una central generadora de 50 MW, según anteproyecto presentado, ubicada en los predios empadronados con los números 4.329, 22.297, 12.765, 4.053, 4.057 de la 4ª Sección Catastral del departamento de Maldonado, en los predios empadronados con los números 4.180, 4.178, 15.452, 23.216, 23.217, 6.310, 15.451, 8.223, 5.749, 24.769, 24.768, 900, 4.184, 901, 4.175, 4.183, 6.207, 6.144, 902, 871 de la 2ª Sección Catastral del departamento de Maldonado y en los predios empadronados con los números 5.796, 2.584, 2.590, 2.591, 2.592, 2.605, 13.445, 10.993, 11.395, 6.115, 8.735, 8.733, 8.729, 8.730, 8.734, 8.732, 2.524, 16.048, 16.047, 5.793, 6.116, 6.117, 8.781, 6.019, 11.392, 2.335, 15.750, 15.749, 5.734, 13.305, 5.681, 7.171, 16.049, 7.562 y 9.790 de la 7a Sección Catastral del departamento de Lavalleja, así como su conexión al "Sistema Interconectado Nacional".

2

   Comuníquese, notifíquese, remítase copia a la Administración del Mercado Eléctrico, y oportunamente archívese.

TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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