MODIFICACION DE INTEGRACION DE COMISION PERMANENTE DE NORMAS CONTABLES ADECUADAS




Promulgación: 10/09/2007
Publicación: 14/09/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 705
Referencias a toda la norma
VISTO: el artículo 91 de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989.

RESULTANDO: I) que desde el año 1991, a partir de la Resolución Nº 90/991,
de 27 de febrero de 1991, la Comisión Permanente de Normas Contables
Adecuadas asesora al Poder Ejecutivo en la emisión de normas contables
adecuadas.

II) que desde el año 1991 se consideran como Normas Contables Adecuadas
las Normas Internacionales de Contabilidad, emitidas a ese entonces por la
Comisión de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC - International
Accounting Committee).

III) que durante el año 2001 se crearon el Consejo de Normas
Internacionales de Contabilidad (IASB - International Accounting Standards
Board), el que prosiguió la labor de la IASC cambiando la denominación de
las futuras Normas Internacionales de Contabilidad por la de Normas
Internacionales de Información Financiera (NIIF) y la Fundación de la
Comisión de Normas Internacionales de Contabilidad (IASCF - International
Accounting Standards Committee Foundation), la que se encarga de fomentar
la aplicación universal de las Normas Internacionales de Información
Financiera (NIIF).

IV) que por Decreto Nº 266/007, de 31 de julio de 2007 se han aprobado
como Normas Contables Adecuadas de aplicación obligatoria las Normas
Internacionales de Contabilidad y las Normas Internacionales de
Información Financiera emitidas por el Consejo de Normas Internacionales
de Contabilidad (IASB) vigentes a la fecha de publicación del mencionado
Decreto.

V) que el Poder Ejecutivo ha fijado como objetivo apoyar la implementación
de un plan de mejora de la Transparencia Informativa de los Mercados, a
través de la existencia de un proceso sostenido y efectivo de adopción de
las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y que el mismo
incluye realizar los cambios necesarios para dotar a la Comisión
Permanente de Normas Contables Adecuadas de la integración, competencias y
recursos necesarios para implementar el proceso continuo de mejora en la
aplicación de las normas contables adecuadas en Uruguay.

CONSIDERANDO: I) que resulta imprescindible jerarquizar el rol de la
Comisión Permanente de Normas Contables Adecuadas en el marco de los
procesos de cambio a nivel internacional y en Uruguay en la emisión y
aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera.

II) que para lograr dicho objetivo es necesario la participación de todos
los agentes públicos y privados que intervienen directamente en la
elaboración, utilización o regulación de la información financiera de las
empresas.

III) que por lo tanto resulta necesario realizar cambios en la integración
y competencias de la Comisión Permanente de Normas Contables Adecuadas
creada por la Resolución 90/991, de 27 de febrero de 1991.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

  (*)

(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 90/991 de 27/02/1991 
numeral 3.

2

 Comuníquese, publíquese.

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI 
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