ADJUDICACION DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION. CW 159. NUEVA RADIO LASCANO. ROCHA




Promulgación: 11/08/2008
Publicación: 19/08/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 430
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC) da cuenta de la petición formulada por
el Sr. José Luis Estol, titular de la frecuencia 1.590 Khz., CW 159 "Nueva
Radio Lascano", de la localidad de Lascano, departamento de Rocha, para
que se le autorice un aumento de potencia para operar la estación de
referencia.

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo Nº 2568/978 de 12 de
diciembre de 1978, se autorizó la explotación de la frecuencia 1.590 Khz.,
de la localidad de Lascano, departamento de Rocha, con una potencia
efectiva radiada (P.E.R.) de 0,25 kilovatios en régimen permanente;

II) que por la gestión objeto de obrados, el permisionario solicita se le
autorice a operar con una potencia diurna de 1 Kw. y 0,250 Kw. en el
servicio nocturno.

CONSIDERANDO: I) que el aumento de potencia resulta beneficioso para los
intereses del país al coadyuvar a una más adecuada protección del espectro
radioeléctrico nacional y brindar una mejor cobertura de su zona de
influencia, considerando su ubicación;

II) que los servicios técnicos de URSEC, han informado que no existen
inconvenientes en acceder a lo solicitado;

III) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería, coincidiendo plenamente con lo informado precedentemente, sugiere
se autorice al Sr. José Luis Estol, titular de la "Nueva Radio Lascano" a
obtener el aumento de potencia para operar la estación pre mencionada.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los arts. 70 y
siguientes de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, Decreto Ley 14.670
de 23 de junio de 1977, Decretos 734/978 de 20 de diciembre de 1978,
327/980 de 10 de junio de 1980, 155/005 de fecha 9 de mayo de 2005, a lo
informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y a lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía
y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorizar al Sr. José Luis Estol Pereira, titular de la frecuencia 1.590
Khz., CW 159 "Nueva Radio Lascano", a operar con una potencia de 1 Kw en
el servicio diurno y 0,250 Kw en el servicio nocturno.

2

 Otorgar al permisionario un plazo de 6 meses a contar desde la
notificación de la presente, para efectivizar el aumento de potencia que
se autoriza. En caso de incumplimiento de dicho plazo, quedará sin efecto
la presente autorización.

3

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones, a sus efectos.

TABARE VAZQUEZ  - DANIEL MARTINEZ
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