DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. H.C.U. S.A. HOTEL CORPORATION OF URUGUAY S.A.




Promulgación: 14/05/2003
Publicación: 21/05/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 1103
                                                                          
VISTO: la solicitud de la firma H.C.U. S.A. que desarrolla actividades en 
el área turística, tendiente a obtener la declaratoria promocional para 
la actividad que se propone realizar según su proyecto de inversión y la 
concesión de diversos beneficios promocionales.

RESULTANDO: I) Que el proyecto presentado tiene como cometido la 
ampliación del hotel "Four Seasons Resort" consistente en la construcción 
de: 30 bungalows de 3 dormitorios, villa de golf (34 bungalows), centro 
de conferencias, piscina cubierta, área deportiva, granja, etc.

II) Que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley Nº 
16.906 de 7 de enero de 1998, recomienda la declaratoria promocional para 
la actividad del proyecto de inversión presentado por H.C.U. S.A. y 
propone medidas promocionales.

CONSIDERANDO: I) Que el proyecto presentado por la firma H.C.U. S.A. de 
acuerdo con lo informado por el Ministerio de Turismo, es viable técnica, 
financiera y económicamente.

ATENTO: A lo recomendado por la Comisión de Aplicación, a lo establecido 
por la Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 y por el Decreto Nº 124/001 de 
5 de abril de 2001.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Declárase promovido, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la 
Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 e inciso a. del artículo 1º del 
Decreto Nº 124/001 de 5 de abril de 2001, el proyecto de inversión 
presentado por la empresa H.C.U. S.A. para la ampliación del hotel "Four 
Seasons Resort", por un monto total de inversión de U$S 23:248.309 
(dólares americanos veintitrés millones doscientos cuarenta y ocho mil 
trescientos nueve) a construirse en los padrones Nº 19.802, 21.087 y 
20.629 ubicados en la 6ª Sección Judicial del departamento de Colonia. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 9.

HIERRO LOPEZ - JUAN BORDABERRY - ALEJANDRO ATCHUGARRY


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