ADJUDICACION DE LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL N° 11/18. ADQUISICION DE VACUNAS CONTRA LA FIEBRE AFTOSA




Promulgación: 29/10/2018
Publicación: 09/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: los presentes antecedentes vinculados con la Licitación Pública Internacional N° 11/18, convocada por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;

   RESULTANDO: I) que por resolución de la indicada Secretaría de Estado, N° 633/018, de 18 de junio de 2018, se autorizó el llamado a la Licitación de referencia con el objeto de la "Adquisición de hasta 18.000.000 (dieciocho millones) de dosis de vacunas contra la Fiebre Aftosa, para ser usadas en los períodos de vacunación programados para el año 2019, para la Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (M.G.A.P.)";

   II) que el 24 de julio de 2018 se procedió a la apertura de las ofertas recibidas, de acuerdo al siguiente detalle: Oferta N° 1 presentada por la firma BIOGÉNESIS BAGÓ URUGUAY S.A.; Oferta N° 2 presentada por la firma GUAYAKI URUGUAY S.A.; Oferta N° 3 presentada por la firma. LABORATORIOS CALIER DE URUGUAY S.A.; Oferta N° 4 presentada por la firma SINERVIA URUGUAY S.A.; Oferta N° 5 presentada por la firma ALANCIR S.A. y Oferta N° 6 y última presentada por la firma DERABEL S.A.; todo según ilustra el Acta obrante a fs. 329 y 329 vta.;

   III) que por Acta de 9 de agosto de 2018, y su rectificatoria de 17 de agosto de 2018, la Comisión Asesora de Adjudicaciones actuante, de acuerdo al análisis de la documentación presentada por los oferentes, la información obtenida del Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) conjuntamente con el cotejo del Pliego Particular, Partes I y II, y la normativa vigente en la materia consideró que las ofertas presentadas cumplen sustancialmente con las formalidades requeridas en el Pliego particular de acuerdo al informe técnico obrante a fs. 332 y normativa vigente que rigen el llamado y que, del estudio comparativo de las ofertas, surge el Orden de Prelación de acuerdo a la puntuación de los factores de evaluación especificados en el Numeral 3.2 del Pliego de Condiciones, adjuntando el Cuadro comparativo respectivo. Consecuentemente, y de acuerdo al Orden de Prelación especificado anteriormente, sugirió adjudicar la Licitación de referencia según el siguiente detalle: I) a la empresa LABORATORIOS CALIER DE URUGUAY S.A. en representación de VECOL S.A. (Oferta N° 3) la cantidad de 4.200.000 (cuatro millones doscientos mil) de dosis de vacunas antiaftosa, por un precio unitario de U$S 0,67 y por un monto total de U$S 2.814.000 (dólares americanos dos millones ochocientos catorce mil) CIP, Montevideo; II) a la empresa BIOGÉNESIS BAGÓ URUGUAY S.A. (Oferta N° 1) la cantidad de 4.200.000 (cuatro millones doscientos mil) de dosis de vacunas antiaftosa por un precio unitario de U$S 0,65 y por un monto total de U$S 2.730.000 (dólares americanos dos millones setecientos treinta mil) CIP, Montevideo; III) a la empresa SINERVIA URUGUAY S.A. en representación de LIMOR DE COLOMBIA S.A. (Oferta N° 4) la cantidad de 3.300.000 (tres millones trescientos mil) de dosis de vacunas antiaftosa por un precio unitario de U$S 0,67 y por un monto total de U$S 2.211.000 (dólares americanos dos millones doscientos once mil) CIP, Montevideo; IV) a la empresa GUAYAKI URUGUAY S.A. en representación de LAUDA SAP (Oferta N° 2) la cantidad de 3.150.000 (tres millones ciento cincuenta mil) de dosis de vacunas antiaftosa, por un precio unitario de U$S 0,66 y por un monto total de U$S 2.079.000 (dólares americanos dos millones setenta y nueve mil) CIF, Montevideo y V) a la empresa ALANCIR S.A. en representación de INOVA BIOTECNOLOGÍA SAÚDE ANIMAL LTDA. (Oferta N° 5) por la cantidad de 3.150.000 (tres millones ciento cincuenta mil) de dosis de vacunas antiaftosa por un precio unitario de U$S 0,675 y por un monto total de U$S 2.126.250 (dólares americanos dos millones ciento veintiséis mil doscientos cincuenta) CIF, Montevideo, y por un total de 18.000.000 (dieciocho millones) de dosis de vacunas antiaftosa, por un monto total de U$S 11.960.250 (dólares americanos once millones novecientos sesenta mil doscientos cincuenta);

   IV) que se confirió la vista prevista por el Art. 67 del TOCAF a todas las firmas oferentes (fs. 339 a 343). La firma Derabel S.A. al evacuar la vista, presentó nota en ejercicio del derecho de petición (fs. 347), respecto al puntaje obtenido en precios y plazo de entrega, y la no adjudicación de ninguna dosis en la licitación. La Comisión de Adjudicaciones, de acuerdo a lo informado en Acta de fecha 17 de agosto de 2018 (fs. 350 y 350 vta.) consideró que el procedimiento de evaluación de las ofertas fue realizada en forma ajustada a derecho no siendo de recibo, por tanto, los argumentos esgrimidos por la peticionante;

   V) en sesión de fecha 26 de setiembre de 2018 el Tribunal de Cuentas de la República, analizado el proyecto de resolución remitido, acordó observar el gasto de la adjudicación a las empresas ALANCIR S.A. y GUAYAKI URUGUAY S.A., por lo expuesto en el Considerando 2) de su resolución y que, dictada la Resolución por el Ordenador competente, cometer al Contador Auditor la intervención del gasto total de U$S 7:755.000, a favor de las empresas LABORATORIOS CALIER DE URUGUAY S.A. (U$S 2:814.000), BIOGÉNESIS BAGÓ URUGUAY S.A. (U$S 2:730.000) y SINERVIA URUGUAY S.A. (U$S 2:211.000), previo control de su imputación en el objeto del gasto adecuado con disponibilidad suficiente;

   VI) con fecha 10 de octubre de 2018 la Comisión Asesora de Adjudicaciones informó que las empresas ALANCIR S.A. y GUAYAKI URUGUAY S.A. cotizaron los rubros exigidos en el Pliego, de manera tal, de cumplir razonablemente con las exigencias esenciales requeridas (Art. 63 del TOCAF). En tal sentido, declaran expresamente que las ofertas respectivas se presentan"... según las condiciones establecidas en el Pliego de la Licitación y demás documentos integrantes de la misma" (GUAYAKI URUGUAY S.A.) y que "Se aceptan la totalidad de las condiciones solicitadas en el pliego de bases y condiciones" (ALANCIR S.A.). En síntesis, entiende que de acuerdo a la normativa citada, y a los criterios interpretativos que proporcionan los principios generales de actuación especificados en el Art. 149 del TOCAF, ha dictaminado de acuerdo a derecho;

   CONSIDERANDO: que, en el caso en vista, se ha dado cumplimiento a los requisitos vigentes en materia de Licitaciones Públicas Internacionales, por lo que no existe inconveniente en proveer en la forma sugerida por la Comisión Asesora de Adjudicaciones del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo previsto por los Arts, 27, 33 y 68 del TOCAF;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Adjudícase la Licitación Pública Internacional N° 11/18, con el objeto de la "Adquisición de hasta 18.000.000 (dieciocho millones) de dosis de vacunas contra la Fiebre Aftosa, para ser usadas en los períodos de vacunación programados para el año 2019, para la Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca" a las firmas, y por las cantidades e importes, que se detallan en el "Resultando III)" de la presente resolución, por un monto total de U$S 11.960.250 (dólares americanos once millones novecientos sesenta mil doscientos cincuenta).

2

   Insístese en el gasto de la adjudicación a las empresas ALANCIR S.A. y GUAYAKI URUGUAY S.A. cuyos montos se detallan en el "Resultando III)" de la presente resolución.

3

   Desestímase la petición formulada por la firma DERABEL S.A. en oportunidad de evacuar la vista prevista por el Art. 67 del TOCAF.

4

   Remítase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca con destino al Departamento Adquisiciones a todos los efectos pertinentes.

   TABARÉ VÁZQUEZ - ENZO BENECH
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