CREACION DE UNA COMISION INTERMINISTERIAL EN REPRESENTACION DE DETERMINADOS MINISTERIOS




Promulgación: 30/07/1991
Publicación: 21/10/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: el decreto 650/990 de 18 de diciembre de 1990.

   Resultando: que es conveniente crear una comisión Interministerial integrada con representantes de los Ministerios concurrentes en la materia, que actúan en los Pasos de Frontera, a efectos de coordinar y asesorar en la definición, establecimiento de políticas y procedimientos operativos conforme a la normativa vigente.
   
   Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el decreto 574/974 de 12 de julio de 1974,

   El Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros

                                RESUELVE:

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   Créase una Comisión Interministerial en representación de los Ministerios con competencia concurrente en los Pasos de Frontera, cuyos objetivos, funciones o integración se detallan:

   A) OBJETIVOS

   - Obtener y mantener el máximo grado de eficiencia en el funcionamiento particular y general de las diferentes agencias ministeriales instaladas en los Pasos de Frontera, concebidos éstos como unidades operativas multidisciplinarias al servicio general de control. 

   B) FUNCIONES

   - Asesorar y coadyuvar en la formulación de los planes operacionales, directivas e instrucciones acerca de los distintos controles a realizar en los Pasos de Frontera.
   - Coordinar la faz operativa de cada una de las oficinas involucradas a efectos de lograr la complementación y ejecución de los procedimientos aprobados por la misma.
   - Elevar los resultados obtenidos a fin de proponer las medidas correctivas necesarias.

   C) INTEGRACION 

   1.- Miembros Permanentes: 

   Por el Ministerio de Defensa Nacional: 

   - El Director Nacional de Pasos de Frontera, que la presidirá. 

   Por el Ministerio de Economía y Finanzas:

   - Un representante de la Dirección Nacional de Aduanas.

   Por el Ministerio del Interior: 

   - Un representante de la Dirección Nacional de Migración. 

   Por el Ministerio de Salud Pública: 

   - Un representante de la División Epidemiología.

   Por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca:

   - Un representante de las Direcciones de los Servicios de Sanidad Vegetal y Animal, respectivamente.

   Por el Ministerio de Turismo:

   - Un representante.

   Por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

   - Un representante.

   Por el Ministerio de Industria, Energía y Minería:

   - Un representante del L.A.T.U. (Laboratorio de Analisis Técnicos del Uruguay).

   Por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas:

   -Un representante de la Dirección Nacional de Arquitectura y la Dirección Nacional de Transporte.

   2.- Miembros Eventuales. 

   - Representantes de Organismos y Entidades Públicas o Privadas Nacionales e Internacionales.

   - Coordinadores y Subcordinadores de Pasos de Frontera.

2

   La Comisión Interministerial funcionará en la Dirección Nacional de Pasos de Frontera, pudiendo convocarse por iniciativa de cualquiera de sus  miembros y con la periodicidad que se estime conveniente.

3

   Comuníquese, publíquese y archívese.-

LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - HECTOR GROS ESPIELL - ENRIQUE
BRAGA SILVA - MARIANO R. BRITO - GUILLERMO GARCIA COSTA - WILSON ELSO
GOÑI - AUGUSTO MONTESDEOCA - CARLOS A. CAT - JULIO CESAR LEIVAS - ALVARO
RAMOS - JOSE VILLAR GOMEZ - WALTER GRAIÑO
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