AUTORIZACION A ALTO CIELO S.A. A GENERAR ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE SOLAR FOTOVOLTAICA




Promulgación: 06/10/2014
Publicación: 14/10/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 714
 Ver:  Resolución Nº 861/015 de 31/08/2015 numeral 2.
VISTO: la resolución N° 145/014 del Poder Ejecutivo de 28 de marzo de
2014.

RESULTANDO: I) que por dicha resolución se autorizó a GIACOTE S.A. a
generar energía eléctrica de fuente solar fotovoltaica mediante una
central generadora de 5 MW, según anteproyecto presentado, ubicada en el
predio suburbano de la ciudad de Artigas, Departamento de Artigas,
empadronado con el N° 7895 (manzana 539, solar 3), así como su
interconexión al Sistema Interconectado Nacional.

II) que con fecha 15 de agosto de 2014, GIACOTE S.A. y ALTO CIELO S.A.
solicitan la cesión de la autorización de generación dada al primero en
favor del segundo.

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en los artículo 53 y 54
del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica aprobado por
Decreto N° 360/002 de 14 de setiembre de 2002, es cometido del Poder
Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de generación;

II) que en opinión de la Dirección Nacional de Energía se han cumplido con
los requisitos exigidos por la normativa vigente;

III) que, en consecuencia, se procederá a revocar la autorización otorgada
a GIACOTE S.A. y a autorizar a ALTO CIELO S.A.

ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el Decreto-Ley N° 14.694 de 1° de
setiembre de 1977, el Decreto-Ley N° 15.031 de 4 de julio de 1980, con las
modificaciones introducidas por la Ley N° 16.211 de 1° de octubre de 1991
y la Ley N° 16.832 de 17 de junio de 1997, el artículo 403 de la Ley No.
18.719 de 27 de diciembre de 2010, el Decreto N° 360/002 de 14 de
setiembre de 2002, Decreto N° 72/010 de 22 de febrero de 2010, y el
Decreto No. 174/013, de fecha 11 de junio 2013, y de acuerdo a lo
informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a ALTO CIELO S.A. a generar energía eléctrica de fuente solar
fotovoltaica mediante una central generadora de 5 MW, según anteproyecto
presentado, ubicada en el predio suburbano de la ciudad de Artigas,
Departamento de Artigas, empadronado con el N° 7895 (manzana 539, solar
3), así como su interconexión al Sistema Interconectado Nacional.

2

 Revócase la resolución del Poder Ejecutivo N° 145/014 de 28 de marzo de
2014.

3

 Comuníquese, notifíquese, remítase copia a la Administración del Mercado
Eléctrico y oportunamente archívese.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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