ADJUDICACION DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION COMERCIAL SONORA. 98.3 MHZ. CANAL 252. MELO. CERRO LARGO




Promulgación: 22/10/2018
Publicación: 31/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la realización del Llamado Público a interesados en brindar el servicio de radiodifusión comercial sonora en la localidad de Melo del departamento de Cerro Largo, en la frecuencia 98.3 MHz., Canal 252, dispuesto por Resolución del Poder Ejecutivo N° 331/013 de fecha 6 de junio de 2013;

   RESULTANDO: I) que de acuerdo al procedimiento establecido, la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) por Resolución N° 186/013 de fecha 23 de agosto de 2013 procedió a la realización del correspondiente llamado público en dicha localidad;

   II) que por la precitada Resolución, se aprobaron las bases que regirían el referido llamado público;

   CONSIDERANDO: I) que se recibieron tres propuestas por parte de: Gustavo Nery Olivera Santana, Cooperativa de Trabajo de la Imagen (COTRADIMA) y José Gustavo Rodríguez Pimentel;

   II) que se otorgó vista de estas actuaciones a todos los interesados, en cumplimiento a la normativa vigente y en protección al debido proceso;

   III) que pasados a consideración de la Comisión Honoraria Asesora de Servicios de Comunicación Audiovisual (CHASCA), de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 19.307 de fecha 29 de diciembre de 2014, elaboró su respectivo informe;

   IV) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (DINATEL), teniendo en cuenta todos los insumos y análisis realizados, recomienda otorgar la autorización para prestar el servicio de radiodifusión comercial sonora en la ciudad de Melo a COTRADIMA. 

   ATENTO: a lo preceptuado por los artículos 70 y siguientes de la Ley N° 17.296 del 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase a la Cooperativa de Trabajo de la Imagen (COTRADIMA) a brindar el servicio de radiodifusión comercial sonora, en la frecuencia 98.3 MHz, canal 252, en la localidad de Melo, departamento de Cerro Largo, con una potencia efectiva radiada (PER) de 0,5 kW y una altura media de antena (HMA) de 30 m.

2

   Establécese que la presente autorización se otorga por el plazo de 10 (diez) años a contar desde la notificación de la presente resolución.

3

   Establécese que la presente autorización se otorga en las condiciones establecidas en la Ley N° 19.307 de fecha 29 de diciembre de 2014, debiéndose cumplir con los parámetros técnicos determinados y los compromisos presentados en su propuesta, cuyo incumplimiento podrá dar lugar a la revocación de la autorización concedida.

4

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones para notificar a todos los interesados y demás efectos. 

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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