Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la conveniencia de descongestionar la labor del Poder
Ejecutivo.
Resultando: que el Poder Ejecutivo en la consideración de los asuntos vinculados con los cometidos de Economía y Finanzas autoriza la inclusión en el déficit corresponiente a cada ejercicio de los créditos pendientes de pago, la inscripción en el Registro de Despachantes de Aduana, el pago dispuesto por Sentencias Judiciales y laudos arbitrales así como la apertura de cuentas en dólares estadounidenses. Por otra parte resuelve
la designación y cese de los agentes de quinielas y la fijación de
precios de formularios e impresos de la Dirección de Loterías y
Quinielas.
Considerando: I) Que notorias razones de buena administración principalmente la necesidad de lograr una mayor agilidad y eficiencia en el ejercicio de las funciones del Poder Ejecutivo, aconsejan utilizar la facultad delegatoria constitucionalmente consagrada;
II) Que es conveniente sustraer de su consideración aquellos asuntos vinculados a los cometidos de Economía y Finanzas que traban su rápido accionar, sin desmedro de garantía sustancial alguna.
Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los
artículos 160 y 168, numeral 24, de la Constitución de la República y a
lo aconsejado en el marco del Programa Nacional de Desburocratización.
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros,
RESUELVE:
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Deléganse en el Ministerio de Economía y Finanzas o quien haga sus veces, las atribuciones del Poder Ejecutivo concernientes a:
a) La autorización para incluir en el déficit correspondiente a cada
ejercicio los créditos pendientes de pago;
b) La autorización de inscripción en el registro de Despachantes de
Aduana;
c) La fijación de precios de formularios e impresos de la Dirección de
Loterías y Quinielas.
LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ HECTOR GROS ESPIELL - ENRIQUE BRAGA SILVA - MARIANO R. BRITO - GUILLERMO GARCIA COSTA - WILSON ELSO GOÑI - AUGUSTO MONTESDEOCA - CARLOS A. CAT - CARLOS C. DELPIAZZO - ALVARO RAMOS - JOSE VILLAR GOMEZ - WALTER GRAIÑO