SOCIEDADES COMERCIALES. SOCIEDADES ANONIMAS




Promulgación: 30/07/1992
Publicación: 02/10/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: la gestión de Campero S.A.

    Resultando: I) que por la misma solicita: a) se le autorice a emitir
acciones nominativas a nombre de personas jurídicas y, b) se le exceptúe
de lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 13.608 de 8 de setiembre de
1967 en la redacción dada por el artículo 409 de la Ley Nº 13.892 de 10 de
octubre de 1970, de acuerdo por lo dispuesto por los artículos 85 y 86 del
Decreto-Ley Nº 14.189 de 30 de abril de 1974.

   II) que fundamente dicho petitorio en el hecho de haber encarado la
Empresa, conjuntamente con la Corporación Financiera Internacional del
Banco Mundial y de la Corporación Interamericana de Inversiones del BID,
un proyecto de inversión con apoyo de capital, crédito y apoyo tecnológico
de dichas instituciones internacionales.

   Considerando: I) que con fecha 5 de febrero de 1992 el Poder Ejecutivo
dictó la Resolución Nº 34/992, por la cual declaró de Interés Nacional la
actividad del proyecto de inversión a ejecutarse por Campero S.A.

   II) que el artículo 409 de la Ley Nº 13.982 de 10 de octubre de 1970
dispuso que las Sociedades Anónimas sólo podrán adquirir, poseer o
explotar inmuebles rurales cualquiera fuere el título invocado, cuando la
totalidad del capital accionario estuviese representado por acciones
nominativas cuyos titulares sean personas físicas.

   III) no obstante, los artículos 85 y 86 del Decreto-Ley 14.189 de 30 de
abril de 1974 establecieron un régimen de excepción, mediante el cual el
Poder Ejecutivo a petición de parte podrá exceptuar de lo dispuesto por el
artículo 9º de la citada Ley Nº 13.608, modificativos y concordantes, a
aquellas sociedades anónimas cuyo capital está representado total o
parcialmente por acciones al portador.

   IV) que dichos inmuebles le son necesarios para el objeto de la
agroindustria que se pretende fortalecer.

   Atento: a lo informado por la Inspección General de Hacienda y las
Asesorías en Política de Vivienda y Arrendamientos y Jurídica del
Ministerio de Economía y Finanzas.

   El Presidente de la República,

                           RESUELVE:

1

    Autorízase a Campero S.A. a emitir acciones nominativas a nombre de
personas jurídicas. 

AGUIRRE RAMIREZ - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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