DESAFECTACION DE TRAMO DE RUTA NACIONAL.




Promulgación: 28/07/1992
Publicación: 30/09/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 119
     Visto: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad,
tendiente a la descalificación como Ruta Nacional, el tramo de Ruta que
une Villa Ituzaingó con el puente sumergible sobre el Arroyo La Virgen
(departamento de San José).

    Resultando: I) Que teniendo en cuenta que uno de los cometidos
asignados a la citada dependencia es el mantenimiento de la red carretera
nacional, esto es, la red de caminos que es circulada por tránsitos de
larga distancia con características nacionales o internacionales, se torna
imperioso para esa Dirección Nacional, propiciar la descalificación de
aquellos tramos de carretera que ya no son circulados por tránsitos
nacionales, lo que permite optimizar los recursos con que  cuenta esa
dependencia en áreas a las cuales, por su especialización, están
orientadas;
II) Que la descalificación propuesta, obedece a la reciente construcción
de un nuevo puente insumergible sobre el Arroyo La Virgen, en Ruta Nº 78,
que ha hecho decaer las circunstancias que llevaron a calificar como
nacional el tramo de ruta que une Villa Ituzaingó con el puente sumergible
sobre el citado Arroyo;
III) Que la Dirección Servicios Jurídicos (División Asesoría Letrada) del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas por informe Nº 242/992 de fecha
10 de junio de 1992, no formula observaciones a que se  proceda a la
descalificación de que se trata.

      Atento: a lo establecido en el decreto ley 10.382 del 13 de febrero
de 1943,

     El Presidente de la República

                                  RESUELVE:

1

  Descalifícase de su carácter Nacional el tramo de Ruta que une Villa
Ituzaingó con el puente sumergible sobre el Arroyo La Virgen (Departamento
de San José), de acuerdo a lo informado por la Dirección Nacional de
Vialidad en autos.

2

  Comuníquese a la Intendencia Municipal de San José, publíquese y vuelva
- por su orden - a las Direcciones Nacionales de Topografía y Vialidad a
sus efectos.

AGUIRRE RAMIREZ - WILSON ELSO GOÑI
Ayuda