DESAFECTACION TRAMO DE RUTA NACIONAL. RUTA N° 48




Promulgación: 16/09/2019
Publicación: 30/09/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la Intendencia Departamental de Canelones, tendiente a la descalificación de la jurisdicción nacional, de un tramo de la Ruta N° 48, entre el cruce con el Camino Pisano en 18Km920 , hasta la rotonda ubicada en la progresiva 20Km900.

   RESULTANDO: I) Que el mencionado organismo ha decidido encarar directamente, en el marco de prioridades departamentales, obras en el mencionado tramo de ruta.

   II) Que la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, no formula inconvenientes en acceder a lo solicitado.

   CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, corresponde proceder al dictado de resolución, a fin de dejar establecida la jurisdicción sobre el mencionado tramo de ruta.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el Decreto - Ley N° 10.382 de fecha 13 de febrero de 1943 que aprobó la Ley de Caminos.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Descalifícase de su carácter nacional, pasando a jurisdicción departamental, el tramo de la Ruta N° 48, entre el cruce con el Camino Pisano en el 18Km920, hasta la rotonda ubicada en la progresiva 20Km900.

2

   Comuníquese a la Intendencia Departamental de Canelones, y siga por su orden, a las Direcciones Nacionales de Topografía y Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para su conocimiento y demás efectos.

   TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI
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