DERECHOS DE AUTOR. ASOCIACION URUGUAYA PARA LA TUTELA ORGANIZADA DE LOS DERECHOS REPROGRAFICOS




Promulgación: 26/07/2006
Publicación: 02/08/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 154
VISTO: La solicitud formulada por la Asociación Uruguaya para la Tutela
Organizada de los Derechos Reprográficos (AUTOR) por la cual impetra le
sea otorgada una prórroga de plazo a efectos de dar cumplimiento al
requisito establecido en el literal c), numeral 2) del artículo 12 del
Decreto Reglamentario 154/04 y presentar la documentación acreditante de
la existencia de contratos de representación recíproca con sociedades de
gestión colectiva extranjeras.

RESULTANDO: 1) Que los representantes de la Asociación Civil AUTOR,
adujeron dificultades materiales y demoras imprevistas, que a la postre,
determinaron que dicha documentación se presentara unos días después de
fenecido el plazo establecido por Resolución del Poder Ejecutivo de 24 de
febrero de 2005.

2) Que el Consejo de Derechos de Autor procedió al análisis de dichos
extremos, entendiendo que no existirían impedimentos legales para que el
Poder Ejecutivo proceda a otorgar la prórroga solicitada por la
asociación gestionante, en tanto dicha entidad ha demostrado cumplir con
los requisitos legales sustanciales establecidos en los artículos 58 de
la Ley 9.739 y 12 del decreto Reglamentario 154/04 para obrar como una
sociedad de gestión colectiva de derechos de autor.

CONSIDERANDO: 1) Que es pertinente acceder a la solicitud formulada.

ATENTO: A lo expuesto, a lo dictaminado por el Consejo de Derechos de
Autor en informe de fecha 13 de marzo de 2006 y a lo preceptuado por el
artículo 58 de la Ley 9.739 de 17 de diciembre de 1937 en la redacción
dada por el artículo 20 de la Ley 17.616 de 10 de enero de 2003 y por los
artículos 12 y 13 del Decreto Nº 154 de 5 de mayo de 2004;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 CONCEDASE la prórroga del plazo solicitada por la Asociación Uruguaya
para la Tutela Organizada de los Derechos Reprográficos (AUTOR).

2

 PUBLIQUESE, notifíquese a la interesada, comuníquese.-

TABARE VAZQUEZ - JORGE BROVETTO
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