Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: La gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad,
tendiente a la descalificación de la jurisdicción Nacional de varios
caminos del Departamento de San José.
Resultando: I) Que la mencionada dependencia en atención a los
cometidos fundamentales de mantenimiento de la red de carreteras
nacionales, debe optimizar los rendimientos de instalaciones, maquinaria y
personal asignado a tales funciones, por lo cual cree oportuno desafectar
de la jurisdicción nacional a los siguientes tramos de caminos: a) Ramal
de Ruta Nº 1 del 94km000 de Ruta Nº 1 a Colonia Delta -acceso a Colonia
Delta- (longitud 10km000); b) Ramal de Ruta Nº 1 del 60km800 de Ruta Nº
1 a Balneario Kiyú -Acceso a Kiyú- (longitud 14km300); c) tramo de Ruta Nº
78 del 0km000 a 17km000 -de Paso Belastiquí a Ruta Nº 11 (longitud
17km000); d) Ruta Nº 79 del 68km000 a 79km000 -de Paso Belastiquí a Pueblo
Nuevo Empalme Ruta Nº 11 (longitud 11km000); e) Ruta Nº 79 del 85km800 al
93km300 -Empalme con Ruta Nº 78 a Azotea Rodríguez- (longitud 7km500); f)
Ramal de Ruta Nº 45 del 87km000 de Ruta Nº 45 a Azotea Rodríguez -de
Comercio Quiroga a Azotea Rodríguez- (longitud 6km800) y g) Ruta Nº 45 de
85km500 a 121km460 -de Pueblo Rodríguez al final- (longitud 35km960).
II) Que la Dirección Servicios Jurídicos (División Asesoría Letrada)
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas por informes glosados en
autos, es conteste con el temperamento expuesto precedentemente, no
formulando objeciones al respecto.
Considerando: Que de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente
las características de los tramos en cuestión, los habilitan para ser
considerados como caminos vecinales.
Atento: A lo indicado en el Decreto-Ley Nº 10.382 del 13 de febrero
de 1943.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Descalifícase de su carácter nacional, pasando a la jurisdicción de la
Intendencia Municipal de San José los siguientes tramos de caminos: a)
Ramal de Ruta Nº 1 del 94km000 de Ruta Nº 1 a Colonia Delta -acceso a
Colonia Delta- (longitud 10km000); b) Ramal de Ruta Nº 1 del 60km800 de
Ruta Nº 1 a Balneario Kiyú -Acceso a Kiyú- (longitud 14km300); c) tramo de
Ruta Nº 78 del 0km000 a 17km000 -de Paso Belastiquí a Ruta Nº 11 (longitud
17km000); d) Ruta Nº 79 del 68km000 a 79km000 -de Paso Belastiquí a Pueblo
Nuevo Empalme Ruta Nº 11 (longitud 11km000); e) Ruta Nº 79 del 85km800 al
93km300 -Empalme con Ruta Nº 78 a Azotea Rodríguez- (longitud 7km500); f)
Ramal de Ruta Nº 45 del 87km000 de Ruta Nº 45 a Azotea Rodríguez -de
Comercio Quiroga a Azotea Rodríguez- (longitud 6km800) y g) Ruta Nº 45 de
85km500 a 121km460 -de Pueblo Rodríguez al final- (longitud 35km960);
Departamento de San José, de acuerdo a lo informado por la Dirección
Nacional de Vialidad en autos.