COMUNÍQUESE a las Fiscalías de Gobierno de 1er. y 2do. Turno, a la
Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales, a la
Asesoría Letrada del Ministerio de Educación y Cultura y pase a la
Dirección General de Registros (Servicio de Asociaciones Civiles y
Fundaciones) a sus efectos.