DECLARACION DE INTERES. COOPERATIVA RAINCOOP. UNIDAD TECNICA FONDES




Promulgación: 26/08/2014
Publicación: 03/09/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 268
VISTO: lo establecido por el Artículo 36 del Decreto N° 341/2011, de 27 de
setiembre de 2011 en la redacción dada por el artículo 2° del Decreto
45/2014 de fecha 24 de febrero de 2014, por el cual se establece que a los
efectos de recibir soporte financiero, los proyectos respectivos deberán
ser declarados de interés por el Poder Ejecutivo;

RESULTANDO: que la Junta de Dirección del Fondo para el Desarrollo ha
estimado de utilidad el otorgamiento del soporte solicitado por la
Cooperativa RAINCOOP, con relación al proyecto sometido a su estudio, en
atención a la viabilidad y sustentabilidad de éste, así como a su
adecuación a los extremos fundantes para su otorgamiento dispuestos por la
normativa vigente;

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la declaración de interés, a los
exclusivos efectos del Artículo 36 del Decreto N° 341/2011, de 27 de
setiembre de 2011 en la redacción dada por el artículo 2° del Decreto
45/2014 de fecha 24 de febrero de 2014, del proyecto de la Cooperativa
RAINCOOP, en los términos sugeridos por la Unidad Técnica FONDES;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Declárase de interés, a los efectos de lo dispuesto en el Artículo 36 del
Decreto N° 341/2011, de 27 de setiembre de 2011 en la redacción dada por
el artículo 2° del Decreto 45/2014 de fecha 24 de febrero de 2014, el
proyecto de la Cooperativa RAINCOOP, en los términos establecidos por la
Unidad Técnica FONDES, por hasta la suma de $ 995.739 (novecientos noventa
y cinco mil setecientos treinta y nueve pesos uruguayos), con cargo al
FONDAT.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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