BIENES INMUEBLES - COMISION DE ESTUDIO DE VALOR REAL DE BIENES INMUEBLES RURALES




Promulgación: 22/01/2003
Publicación: 28/01/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 149
VISTO: la necesidad de adecuar la fijación de los valores catastrales de 
los inmuebles rurales, tomando en consideración las variaciones operadas 
en los valores de mercado.-

CONSIDERANDO: I) que los procedimientos de fijación de dichos valores, 
deben regirse por principios de transparencia y equidad.-

II) que los valores catastrales de los inmuebles rurales son la base de 
tributos departamentales y nacionales.-

III) lo dispuesto por el artículo 279 de la Ley Nº 12.804 de 30 de 
noviembre de 1960, artículo 115 de la Ley Nº 13.695 de 24 de octubre de 
1968 y Decretos 393/962 de 28 de noviembre de 1962 y 526/973 de 5 de 
julio de 1973.-

ATENTO: a lo expuesto

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Créase una Comisión de estudio de los valores reales rurales dentro de 
la órbita del Ministerio de Economía y Finanzas, integrada por 
representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio de 
Ganadería, Agricultura y Pesca y del Congreso de Intendentes.-

2

 Dicha Comisión tendrá como cometido el análisis de la correspondencia 
entre los valores catastrales de los inmuebles rurales y sus valores de 
mercado y proponer los procedimientos para establecerla de forma 
adecuada.-

3

 Los resultados del citado estudio se pondrán a consideración del 
Ministerio de Economía y Finanzas, en el plazo de 90 días de constituído 
el grupo de trabajo de referencia.-

4

 Comuníquese, etc.-

BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY - GONZALO GONZALEZ


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