DELEGACION DE ATRIBUCIONES DE ORDENADOR PRIMARIO DEL PODER EJECUTIVO




Promulgación: 27/06/1991
Publicación: 09/07/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

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   Deléganse las atribuciones de ordenador primario del Poder Ejecutivo,
con el límite de 8 veces el máximo de las licitaciones abreviadas comunes
en:

   a) Los Directores del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas y de 
      la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura 
      Aeronáutica y los Jefes del Departamento de Finanzas del Estado 
      Mayor del Ejército, Servicio de Aprovisionamiento de la Armada y 
      Aprovisionamiento y Suministros de la Fuerza Aérea.
   b) El Director de la Dirección Nacional de Sanidad Policial;
   c) El Director General de Secretaría del Ministerio de Economía y
      Finanzas;
   d) Los Directores Generales de Servicios Agronómicos y de Servicios
      Veterinarios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;
   e) Los Directores de las Direcciones Nacionales de Vialidad y de
      Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;
   f) La Comisión Nacional de Educación Física del Ministerio de Educación
      y Cultura;
   g) El Director del Instituto Nacional de Alimentación del Ministerio
      de Trabajo y Seguridad Social. (*)

(*)Notas:
Literal a) redacción dada por:
      Resolución Nº 860/004 de 14/09/2004 numeral 1,
      Resolución Nº 1.356/001 de 18/09/2001 numeral 1.
Ver vigencia: Resolución Nº 1.402/997 de 31/12/1997 numeral 3.
Literal a) redacción dada anteriormente por: Resolución Nº 936/991 de 
18/11/1991 numerales 1 y 2.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 1.356/001 de 18/09/2001 numeral 1, Resolución Nº 936/991 de 18/11/1991 numeral 1, Resolución Nº 457/991 de 27/06/1991 numeral 3.
Referencias al numeral
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