HONRAS FUNEBRES. DOCTOR HORACIO ABADIE SANTOS




Promulgación: 31/05/1998
Publicación: 11/06/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 1025
    VISTO: que en el día de la fecha falleció el Dr. Horacio Abadie
Santos;

    RESULTANDO: que el citado ciudadano desempeñó, entre otros, el cargo
de Ministro de Estado;

    ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto-Ley Nº 14.458 de
11 de noviembre de 1975 y Decreto 354/991 de 25 de junio de 1991;

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

Tribútense honores fúnebres de Ministro de Estado a los restos mortales
del Dr. Horacio Abadie Santos.

2

Los gastos del sepelio serán de cargo del Tesoro Nacional, conforme al
inciso 1 del artículo 1 del Decreto 354/991 de 25 de junio de 1991.

3

Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, etc.

SANGUINETTI - LUIS HIERRO LOPEZ - LUIS MOSCA - RAUL ITURRIA
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