PRORROGA DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION. 770 KHZ. 11.735 KHZ. CX 12. CXA 7.




Promulgación: 04/05/2004
Publicación: 12/05/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 861
VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC), por la cual la empresa RADIO ORIENTAL S.A., 
permisionaria del servicio de radiodifusión que opera en las frecuencias 
770 Khz. y 11.735 Khz., CX 12 y CXA 7, solicita una prórroga del plazo 
dispuesto en el numeral 3ro. de la Resolución del Poder Ejecutivo 
1756/003 de 5 de diciembre de 2003, para la presentación del contrato 
definitivo de compraventa de acciones de la misma.-

RESULTANDO: que en el referido numeral, se estableció que los 
representantes de la empresa permisionaria deberán presentar el contrato 
definitivo de compraventa de acciones, en un plazo de noventa días 
corridos contados a partir de la notificación de dicha Resolución. Su 
incumplimiento aparejará la caducidad de la autorización otorgada.-

CONSIDERANDO: I) que con fecha 19 de febrero de 2004 y en cumplimiento de 
lo dispuesto por el artículo 3ro. de la citada Resolución del Poder 
Ejecutivo, se entregó copia del contrato definitivo de compraventa de 
acciones otorgado el 16 de diciembre de 2003, referida al 77,78% del 
capital accionario de Radio Oriental S.A., ya que el porcentaje restante 
pertenecía al señor Daniel Romay Salvo quien falleció el 4 de noviembre 
de 2003, estando en trámite su sucesión.-

II) que con fecha 8 de marzo de 2004, la permisionaria solicita que se 
prorrogue en noventa (90) días el plazo necesario para completar la 
totalidad de la documentación requerida referente a las acciones del 
fallecido señor Daniel Romay Salvo.-

III) que los argumentos y fundamentos esgrimidos, se consideran de 
recibo, por lo que se entiende pertinente otorgar una prórroga de 90 
(noventa) días a contar de la notificación de la presente Resolución.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 
de fecha 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora 
de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por la Asesoría 
Letrada de la misma.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Prorrogase por el término de noventa (90) días corridos a contar de la 
notificación de la presente Resolución, el plazo otorgado por el numeral 
3ro. de la Resolución del Poder Ejecutivo 1756/003 de 5 de diciembre de 
2003, para la presentación del contrato definitivo de compraventa de 
acciones, a la empresa RADIO ORIENTAL S.A..-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU


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