HONRAS FUNEBRES. JAIME TROBO




Promulgación: 24/07/2019
Publicación: 07/08/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: que en el día de la fecha falleció el Diputado Jaime Trobo;

   RESULTANDO: que el citado ciudadano asimismo desempeñó el cargo de Ministro de Estado;

   ATENTO: a lo dispuesto en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto-Ley No. 14.458 de 11 de noviembre de 1975 en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.023 de 25 de setiembre de 2006;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Tribútense honores fúnebres de Representante Nacional a los restos mortales del Diputado Jaime Trobo.

2

   Los gastos del sepelio serán de cargo del Tesoro Nacional.

3

   Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, etc.

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - DANILO ASTORI - JOSÉ BAYARDI
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