ADJUDICACION DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION. FRECUENCIAS 90.9 MHZ BLANQUILLO. 97.7 MHZ PIRARAJA. 97.5 MHZ RINCON. 92.7 MHZ NUEVO BERLIN. 97.1 MHZ ISIDORO NOBLIA




Promulgación: 04/09/2012
Publicación: 12/09/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 761
VISTO: la solicitud, formulada por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, de asignación de frecuencias al Ministerio de Educación y Cultura
para la prestación del servicio de radiodifusión comunitaria bajo la
modalidad de frecuencia compartida en las localidades de los Departamentos
de Cerro Largo, Durazno, Lavalleja, Río Negro y Treinta y Tres, al amparo
de la Ley 18.232 de 22 de diciembre de 2007.

RESULTANDO: que los artículos 6° y 13° de la citada Ley establecen que al
Ministerio de Educación y Cultura le corresponde la asignación, de al
menos una frecuencia por Departamento para ser utilizada con carácter
compartido por iniciativas de carácter comunitario.

CONSIDERANDO: I) que las oficinas técnicas de la Unidad Reguladora de
servicios de Comunicaciones han informado que las mismas deberán operar
con los siguientes parámetros técnicos, en todos los casos: altura media
de antena (HMA) de 30 metros y potencia de 0,030 KW;

II) que corresponde asignar al Ministerio de Educación y Cultura las
frecuencias que fueron designadas por la Dirección Nacional de
Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, en expedientes
2011-2-9-199 y 2011-2-9-318, para ser reservadas para el Servicio de
Radiocomunicación Comunitaria en las precitadas Localidades.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley 18.232 de
22 de diciembre de 2007, los artículos 70 y siguientes de la Ley 17.296 de
21 de febrero de 2001, Decretos 208/008 de 14 de abril de 2008 y 417/010
de 30 de diciembre de 2010, la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9
de junio de 2008 y a lo informado por el Consejo Honorario Asesor de
Radiodifusión Comunitaria, la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de
Comunicación Audiovisual y la Asesoría Letrada del Ministerio de
Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Adjudícase a la Dirección de Cultura del Ministerio de Educación y
Cultura, para la prestación del servicio de radiodifusión comunitaria en
los términos establecidos por el artículo 13° de la Ley 18.232, las
siguientes frecuencias con sus específicos parámetros técnicos en las
localidades que se detallan:

DEPARTAMENTO     LOCALIDAD     CANAL     FRECUENCIA    PER     HMA
                                             (MHz)    (Kw)     (m)
DURAZNO          BLANQUILLO     215         90.9      0.030     30
LAVALLEJA        PIRARAJÁ       249         97.7      0.030     30
TREINTA Y TRES   RINCÓN         248         97.5      0.030     30
RÍO NEGRO       NUEVO BERLIN    224         92.7      0.030     30
CERRO LARGO      ISIDORO        246         97.1      0.030     30
                 NOBLÍA

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

JOSÉ MUJICA - EDGARDO ORTUÑO - RICARDO EHRLICH
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