APROBACION ENTRE EL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS, MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS, CORPORACION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y LA CORPORACION VIAL DEL URUGUAY SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 15/07/2019
Publicación: 24/07/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: estos antecedentes relacionados con el Acuerdo Especifico Anexo I 8), suscrito con fecha 21 de marzo de 2019, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Ministerio de Economía y Finanzas, la Corporación Nacional para el Desarrollo y la Corporación Vial del Uruguay S.A..

   RESULTANDO: I) Que con fecha 5 de octubre de 2001, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corporación Nacional para el Desarrollo, suscribieron un Convenio y Contratación Directa para la ejecución de obras y proyectos por el sistema de Concesión de Obra Pública y para la Cooperación Técnica y Asistencia Técnica, Semitécnica y Especializada, el cual fue aprobado por Resolución del Poder Ejecutivo N° 1908/001 de fecha 20 de diciembre de 2001.

   II) Que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 438/003 de fecha 9 de abril de 2003 se aprobó el Contrato de Cesión otorgado con fecha 18 de febrero de 2003 entre la Corporación Nacional para el Desarrollo en calidad de cedente y la Corporación Vial del Uruguay S.A. en calidad de cesionaria, en relación al Convenio - Contrato de fecha 5 de octubre de 2001 y sus modificativos, celebrado en aplicación de lo dispuesto por los artículos 28 y 29 de la Ley N° 17.555 de fecha 18 de setiembre de 2002.

   III) Que con fecha 30 de junio de 2005, se procedió a suscribir entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, y la Corporación Nacional para el Desarrollo, un Convenio tendiente a modificar la cláusula 6, numeral 2), literal B) del contrato original, siendo aprobado por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 29 de agosto de 2005.

   IV) Que con fecha 9 de febrero de 2006, en uso de las facultades conferidas por el Convenio y Contratación directa de fecha 5 de octubre de 2001, se procedió a suscribir entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y Corporación Nacional para el Desarrollo, con la conformidad de la Corporación Vial del Uruguay S.A., un Convenio tendiente a modificar el Anexo I del Convenio-Contrato de fecha 5 de octubre de 2001, siendo aprobado por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 15 de mayo de 2006.

   V) Que con fecha 30 de julio de 2008, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corporación Nacional para el Desarrollo suscribieron el Acuerdo ad-referéndum con el objeto de modificar el Anexo I, siendo aprobado mediante Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 1° de diciembre de 2008.

   VI) Que con fecha 23 de octubre de 2015, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corporación Nacional para el Desarrollo suscribieron el Acuerdo ad-referéndum con el objeto de modificar el Anexo I del Convenio-Contrato de fecha 5 de octubre de 2001, en los términos y condiciones que lucen en el "Anexo I" suscrito simultáneamente, siendo aprobado por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 16 de diciembre de 2015.

   VII) Que con fecha 17 de febrero de 2016, en uso de las facultades conferidas por el Convenio y Contratación directa de fecha 5 de octubre de 2001, se procedió a suscribir entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Ministerio de Economía y Finanzas, la Corporación Nacional para el Desarrollo y con el consentimiento expreso de la Corporación Vial del Uruguay S.A., los Acuerdos Específicos: Anexo I 1), Anexo I 2) y Anexo I 3) -cuyos textos habían sido previamente aprobados por Resoluciones del Poder Ejecutivos de fechas 3 de febrero de 2016- por los cuales se acordó la realización en ciertas condiciones, de determinados proyectos de obras de construcción y mantenimiento viales.

   VIII) Que con fecha 23 de setiembre de 2016, en uso de las facultades conferidas por el Convenio y Contratación directa de fecha 5 de octubre de 2001, se suscribió entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Ministerio de Economía y Finanzas, la Corporación Nacional para el Desarrollo y con el consentimiento expreso de la Corporación Vial del Uruguay S.A., el Anexo I 4), a los efectos de ejecutar el "Programa de Rehabilitación y Mantenimiento de Infraestructura Vial - Fase III", siendo aprobado dicho Acuerdo mediante Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 29 de agosto de 2016.

   IX) Que con fecha 17 de octubre de 2016, en uso de las facultades conferidas por el Convenio y Contratación directa de fecha 5 de octubre de 2001, se suscribió entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Ministerio de Economía y Finanzas, la Corporación Nacional para el Desarrollo y con el consentimiento expreso de la Corporación Vial del Uruguay S.A., el Anexo I 5), a los efectos de ejecutar el "Programa de Rehabilitación de Redes Viales Secundarias y Terciarias - Vial III", siendo aprobado dicho Acuerdo mediante Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 11 de octubre de 2016.

   X) Que con fecha 11 de julio de 2017, en uso de las facultades conferidas por el Convenio y Contratación directa de fecha 5 de octubre de 2001, se suscribió entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corporación Nacional para el Desarrollo y con el consentimiento expreso de la Corporación Vial del Uruguay S.A., el Anexo I 6), a los efectos de ejecutar las obras de rehabilitación de la Ruta N° 26 en el tramo 70 km - 113 km.

   XI) Que con fecha 27 de diciembre de 2018, en uso de las facultades conferidas por el Convenio y Contratación directa de fecha 5 de octubre de 2001, se suscribió entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corporación Nacional para el Desarrollo y con el consentimiento expreso de la Corporación Vial del Uruguay S.A., el Anexo I 7), a los efectos de establecer determinados criterios al Anexo I del ya referido Convenio y Contratación Directa de fecha 23 de octubre de 2015.

   XII) Que con fecha 21 de marzo de 2019, se procedió a la suscripción del Acuerdo Específico - Anexo I 8), entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Ministerio de Economía y Finanzas, la Corporación Nacional para el Desarrollo y la Corporación Vial del Uruguay S.A. para la ejecución dentro de la Concesión de Obra Pública suscrita por el Convenio y Contratación directa de fecha 5 de octubre de 2001, del Programa de "Apoyo al Programa de Adecuación de la Infraestructura Vial a las Necesidades del Transporte Forestal", y sus respectivos Anexos: a) Cuadro de Usos y Fondos abierto por componentes, y b) Cuadro de Usos y Fondos cerrado.

   XIII) Que asimismo, las partes declaran que en todo lo no expresamente previsto y estipulado por el presente documento, se regirá por lo establecido en el Convenio-Contrato de fecha 5 de octubre de 2001, sus modificativos y concordantes, y por el Anexo I suscrito con fecha 23 de octubre de 2015 y aprobado por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 16 de diciembre de 2015.

   XIV) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central - E.E. N° 2019-17-1-0002478, Ent. N° 1967/19), ha tomado la intervención previa que le compete, sin formular observaciones al respecto.

   CONSIDERANDO: pertinente el dictado de resolución aprobatoria del Acuerdo Específico de que se trata.

   ATENTO: lo expuesto y a lo establecido en la cláusula "VIGÉSIMO" del Acuerdo Específico suscrito con fecha 21 de marzo de 2019.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase -en todas sus partes- el Acuerdo Específico - Anexo I 8), suscrito con fecha 21 de marzo de 2019, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Ministerio de Economía y Finanzas, la Corporación Nacional para el Desarrollo y la Corporación Vial del Uruguay S.A., el que tiene por objeto la ejecución dentro de la Concesión de Obra Pública suscrita por el Convenio y Contratación directa de fecha 5 de octubre de 2001, del Programa de "Apoyo al Programa de Adecuación de la Infraestructura Vial a las Necesidades del Transporte Forestal", y sus respectivos Anexos: a) Cuadro de Usos y Fondos abierto por componentes, y b) Cuadro de Usos y Fondos cerrado. 

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 392/019 de 
15/07/2019.

2

   Comuníquese, publíquese, y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para su cumplimiento y demás efectos.

   TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI - DANILO ASTORI
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