ADJUDICACION TRANSITORIA DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION. 89.1 MHZ




Promulgación: 25/04/1996
Publicación: 10/05/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 950
  Visto: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud presentada por los señores
Gustavo Gómez y Carlos Casares, organizadores del "Encuentro Con los pies
en la Tierra y la voz en el Aire" a llevarse a cabo entre los días 25 y 28
de abril de 1996, con el auspicio de distintos organismos oficiales y
organizaciones no gubernamentales nacionales o extranjeras, para instalar,
y trasmitir durante 24 horas parte del referido evento.

  Resultando: que el Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, en su
artículo 2do. párrafo 1ro. dispone "No podrá instalarse ni funcionar
ningún tipo de Estación Radiofusora, para cualquier clase de servicio,
aunque sea con carácter experimental o provisorio, sin la previa
autorización del Poder Ejecutivo".

  Considerando: I) que los titulares de la frecuencia asignada deberán
utilizar la estación de radiodifusión exclusivamente para la finalidad que
se establezca en la autorización presente.

II) Que es necesario el estricto contralor y cumplimiento de las
disposiciones que regulan la materia en funcionamiento de la actividad, ya
que las mismas refieren al interés nacional e internacional.

III) que de acuerdo al informe de la División Técnica de la Dirección
Nacional de Comunicaciones se recomienda utilizar la frecuencia de 89.1
MHz.

IV) que las condiciones de operación serán la mínimas necesarias para
cumplir con los requisitos de la solicitud presentada, por lo que el
referido informe de la División Técnica recomienda una potencia efectiva
radiada de 30 W. y una altura de antena de 50 metros.

  Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones y al
amparo de lo dispuesto por los Decretos-Leyes 14.670 de 23 de junio de
1977 y 15.671 de 8 de noviembre de 1984, Ley 16.211 de 1ro. de octubre de
1991 y el Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.

                      El Presidente de la República

                             RESUELVE:

1

   Autorízase a los señores Gustavo Gómez y Carlos Casares, el uso de la
frecuencia 89.1 Mhz. de F.M., con una potencia efectiva radiada de 30 w. y
una altura máxima de antena de 50 metros, para ser utilizada en el marco
del "Encuentro Con los pies en la Tierra y la voz en el Aire".

2

     Establécese que la presente autorización se concede con carácter
excepcional y transitorio, por un período máximo de 24 horas, a partir del
26 de abril de 1996 a las 20 horas hasta el 27 de abril del corriente a
las 20 horas y las emisiones se irradiarán desde frente a la Intendencia
Municipal de Montevideo.

3

   La presente autorización se concede con carácter precario y revocable,
sin derecho a reclamo o indemnización de clase alguna y en las condiciones
técnico - administrativas que establezca la Dirección Nacional de
Comunicaciones.

4

  Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones
a sus efectos. Cumplido, archívese.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
Ayuda