SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. INTEGRACION DE LA EMPRESA ABIATAR S.A.




Promulgación: 24/05/2006
Publicación: 31/05/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 998
VISTO: las presentes actuaciones provenientes de la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC), que tratan de la transferencia de
acciones de la empresa ABIATAR S.A., autorizadas por Resolución del Poder
Ejecutivo Nº 970/004 de 26 de octubre de 2004.

RESULTANDO: I) que la empresa de referencia fue autorizada por el Poder
Ejecutivo y por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC) según el caso, a prestar determinados servicios de
telecomunicaciones.

II) que según emerge de lo dispuesto por Resolución Nº 970/004 de 26 de
octubre de 2004, el Poder Ejecutivo autorizó a que Lemincor S.A. y
Curtiembre Latinoamericana S.A., vendieran las acciones que tenían de
Abiatar S.A., a Redanil S.A., en tanto que Wireless Network Ventures
Ltda., transferiría sus acciones a Wireless Network Ventures B.V.

III) que de operarse la totalidad de la transferencia de acciones
autorizadas, Abiatar S.A. quedaría integrada por Redanil S.A., con un 68%
del capital integrado y por Wireless Network Ventures B.V., con el 32 %
de dicho capital.

IV) que por la misma resolución, el Poder Ejecutivo dispuso que Abiatar
S.A. debería comunicar a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC), en un plazo determinado, el efectivo traspaso de
acciones autorizado.

CONSIDERANDO: I) que, dando cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 4º
de la Resolución 970/004, Abiatar S.A. comunicó el resultado de las
cesiones de acciones autorizadas, manifestando haberse efectuado la
cesión de acciones a Redanil S.A., y que no se hizo uso de la
autorización concedida en el numeral 2º de la referida resolución, por lo
que Wireless Network Ventures Ltda., no transfirió sus acciones a
Wireless Network Ventures B.V.

II) que de acuerdo a lo comunicado por Abiatar S.A., el paquete
accionario de la empresa quedaría integrado por Redanil S.A. con el 68%
de las acciones y por Wireless Network Ventures Ltda. con el 32% restante
de las acciones.

III) que la transferencia de acciones a la empresa Redanil S.A., ha sido
debidamente acreditada en obrados mediante certificado notarial.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, lo dispuesto por los artículos 70
y siguientes de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, los Decretos
114/003 y 115/003 ambos de fecha 25 de marzo de 2003 y 155/005 de fecha 9
de mayo de 2005, y lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones y la Asesoría Jurídica Ministerio de Industria, Energía y
Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Tomar conocimiento de la transferencia de las acciones que las empresas
Lemincor S.A. y Curtiembre Latinoamericana S.A. poseían en la sociedad
permisionaria de servicios de telecomunicaciones Abiatar S.A., a la
empresa Redanil S.A., la que fuera autorizada por resolución del Poder
Ejecutivo Nº 970/004, de 26 de octubre de 2004.

2

 Declárase que Abiatar S.A., quedará integrada por las empresas Redanil
S.A. y Wireless Network Ventures Ltda., con un 68% y 32% respectivamente
del capital integrado.

3

 Notifíquese, comuníquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido archívese.

TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA
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