AUTORIZACION AL PIT-CNT PARA UTILIZAR LA TRANSMISION SIMULTANEA DEL ACTO DEL 1° DE MAYO DE 2017




Promulgación: 24/04/2017
Publicación: 03/05/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud planteada por el Presidente del Plenario Intersindical de Trabajadores Convención Nacional de Trabajadores (PIT-CNT), a los efectos de utilizar la transmisión simultánea prevista en el artículo 94 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

   RESULTANDO: que la referida transmisión se solicita en ocasión de la conmemoración del día internacional de los trabajadores;

   CONSIDERANDO: que conforme a lo establecido en la norma aludida en el Visto de la presente resolución, corresponde al Poder Ejecutivo disponer la precitada trasmisión simultánea;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 94 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase la transmisión simultánea solicitada por el Presidente del Plenario Intersindical de Trabajadores Convención Nacional de Trabajadores (PIT-CNT), señor Fernando Pereira, para el día 1° de mayo de 2017, prevista en el artículo 94 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014.

2

   Notifíquese, comuníquese y pase a los efectos pertinentes a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE - ERNESTO MURRO
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