AUTORIZACION A LA EMPRESA VIENTOS DE PASTORALE S.A. A GENERAR ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE EOLICA




Promulgación: 08/08/2012
Publicación: 15/08/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 452
 Ver:  Resolución Nº 851/013 de 23/12/2013 numeral 2.
VISTO: el proyecto presentado por la empresa VIENTOS DE PASTORALE S.A.
para la instalación de una central generadora de energía eléctrica de
150,0 MW de fuente eólica.

RESULTANDO: que se solicita autorización para generar energía eléctrica
utilizando energía eólica como fuente primaria, de acuerdo a lo previsto
en los artículos 53 y 54 del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía
Eléctrica.

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 53
siguiente y concordantes del "Reglamento del mercado Mayorista de Energía
Eléctrica", aprobado por Decreto No. 360/002 de 14 de setiembre de 2002,
es cometido del Poder Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de
generación.

II) que en opinión de la Dirección Nacional de Energía y la Unidad
Reguladora de los Servicios de Energía y Agua (URSEA) se han cumplido con
los requisitos exigidos por la normativa vigente.

ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el Decreto-Ley N° 14694 de 1° de
setiembre de 1977, el Decreto-Ley N° 15031 de 4 de julio de 1980, con las
modificaciones introducidas por la Ley N° 16211 de 1° de octubre de 1991,
la Ley N° 16832 de 17 de junio de 1997, el Decreto N° 360/002 de 14 de
setiembre de 2002, el Decreto N° 72/010 de 22 de febrero de 2010 y lo
informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria Energía y
Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a VIENTOS DE PASTORALE S.A. a generar energía eléctrica de
fuente eólica, mediante una central generadora de 150,0 MW, según
anteproyecto presentado, ubicada en los predios empadronados con los
números 12, 13, 14, 15, 20, 21, 25, 42, 46, 47, 49, 56, 130, 131, 1922,
1963, 2374, 2375, 2376, 2377, 3454, 3455, 3577, 3759, 4057, 4058, 4059,
4071, 4311, 4312, 4363 y 4364 de la cuarta sección judicial del
departamento de Flores, así como su conexión al "Sistema Interconectado
Nacional".

2

 Comuníquese, notifíquese, y cumplido siga a la Administración del Mercado
Eléctrico.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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