VISTO: lo establecido por el Artículo 36 del Decreto N° 341/2011, de 27 de
setiembre de 2011 en la redacción dada por el artículo 2° del Decreto
45/2014 de fecha 24 de febrero de 2014, por el cual se establece que a los
efectos de recibir soporte financiero, los proyectos respectivos deberán
ser declarados de interés por el Poder Ejecutivo;
RESULTANDO: que la Junta de Dirección del Fondo para el Desarrollo ha
estimado de utilidad el otorgamiento del soporte solicitado por DYRUS
S.A., con relación al proyecto sometido a su estudio, en atención a la
viabilidad y sustentabilidad de éste, así como a su adecuación a los
extremos fundantes para su otorgamiento dispuestos por la normativa
vigente;
CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la declaración de interés, a los
exclusivos efectos del Artículo 36 del Decreto N° 341/2011, de 27 de
setiembre de 2011 en la redacción dada por el artículo 2° del Decreto
45/2014 de fecha 24 de febrero de 2014, del proyecto de DYRUS S.A., en los
términos sugeridos por la Unidad Técnica FONDES;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Declárase de interés, a los efectos de lo dispuesto en el Artículo 36 del
Decreto N° 341/2011, de 27 de setiembre de 2011 en la redacción dada por
el artículo 2° del Decreto 45/2014 de fecha 24 de febrero de 2014, el
proyecto de DYRUS S.A., en los términos establecidos por la Unidad Técnica
FONDES, por hasta la suma de U$S 15.000.000, con cargo al FONFI.