TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD. 102.9 FM SRL. CX 275 (CANAL 275). FM TOTAL. LUNOZUL S.A.




Promulgación: 17/04/2017
Publicación: 24/04/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: las solicitudes de transferencia presentadas por parte de la Sra. Virginia Eleana Sofía Troncoso y la Sra. Ana María Troncoso Bucsenyecz de cesión de cuotas sociales de la empresa denominada "102.9 FM SRL", permisionaria de la frecuencia FM 102.9 CX 275 (canal 275) radio emisora FM; 

   RESULTANDO: I) que, por resolución del Poder Ejecutivo N° 658/992 de fecha 1 de setiembre de 1992 se autorizó a la Sra. Ana María Troncoso a operar como único titular de la frecuencia 90.3 MHz, Canal 212 de la localidad de Solymar, departamento de Canelones; 

   II) que, por resolución del Poder Ejecutivo N° 450/994 de 17 de mayo de 1994, se autorizó a la emisora CX-212 B. frecuencia 90.3 MHz, a cambiar su frecuencia de operación pasando al Canal 275, en 102.9 Mhz;

   III) que, por resolución del Poder Ejecutivo N° 1065/996 de fecha 29 de octubre de 1996 se autorizó a la mencionada difusora su traslado al camino vecinal, 300 mts, al SE del KM 23 de la ruta Nacional N° 32, Paraje Poquitos, Las Piedras, Departamento de Canelones;

   IV) que, con fecha 16 de enero de 2008 el Poder Ejecutivo por resolución N° 17/008 autorizó a la Sra. Ana María Troncoso Bucsenyecz a transferir el permiso que poseía la misma en la estación de radiodifusión de la emisora que opera en la frecuencia 102.9 MHz (CX 275) FM TOTAL, del Paraje Poquitos (Las Piedras), departamento de Canelones a favor de la empresa denominada "102,9 FM S.R.L", integrada por Virginia Eleana Sofía Troncoso y Ana María Troncoso, con una participación de cincuenta cuotas sociales cada una de las socias;

   CONSIDERANDO: I) que, con fecha 9 de setiembre de 2009 la Sra. Virginia Eleana Sofía Troncoso y la Sra. Ana María Troncoso presentaron solicitud de transferencia de la totalidad de las cuotas sociales que les corresponde a cada una en la sociedad "102.9 FM SRL" (50 cuotas sociales c/u) a favor de las empresas Lunozul S.A. (la primera) cuya única accionista es la Sra. Ana María Morgan Vilaró, y a favor de Neutromar S.A. (la segunda), cuyo único accionista es el Sr. Federico Pereyra Morgan;

   II) que, de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Administración y Finanzas de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, las partes cedentes y cesionarias no mantienen deudas con dicha Unidad;

   III) que, las partes interesadas han acreditado el cabal cumplimiento de los requisitos personales exigidos por la normativa vigente en la materia en lo referente a la trasferencia de cuotas sociales (Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014);

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010; la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014; Decreto N° 347/992 de 21 de julio de 1992; Decreto N° 353/006 de 2 de octubre de 2006; Decreto N° 45/15 de 2 de febrero de 2015; a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones; por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorizar la transferencia de la totalidad de las cuotas sociales (50 cuotas sociales) que posee la Sra. Virginia Eleana Sofía Troncoso en la sociedad "102.9 FM SRL" permisionaria de la frecuencia FM 102.9 CX 275 (canal 275) radio emisora FM TOTAL, del departamento de Canelones a favor de la empresa Lunozul S.A., cuya única accionista es la Sra. Ana María Morgan Vilaró.

2

   Autorizar la transferencia de la totalidad de las cuotas sociales (50 cuotas sociales) que posee la Sra. Ana María Troncoso, en la sociedad "102.9 FM SRL" permisionaria de la frecuencia FM 102.9 CX 275 (canal 275) de radio emisora FM TOTAL, del departamento de Canelones a favor de la empresa Neutromar S.A., cuyo único accionista es el Sr. Federico Pereyra Morgan.

3

   Declárase que la sociedad "102.9 FM SRL" permisionaria de la frecuencia FM 102.9 CX 275 (canal 275) radio emisora FM TOTAL, del Paraje Poquitos (Las Piedras), del departamento de Canelones quedará integrada por las empresas LUNOZUL S.A. con 50 cuotas sociales, y la empresa NEUTROMAR S.A. con 50 cuotas sociales.

4

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos.

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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