Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá, cuando a
ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte, la
exclusión, de "Viñedos y Bodegas Bella Unión S.A. (VIBOBUSA)" de los
beneficios del decreto 269/986, sin perjuicio de las demás sanciones
dispuestas en el artículo 13 del decreto ley 14.178 de Promoción
Industrial y demás disposiciones concordantes o que se establezcan.