REVOCACION DE LA AUTORIZACION A DINVERT S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. TERMINAL RINCON DEL CERRO. RESOLUCION 1.656/002




Promulgación: 23/06/2014
Publicación: 01/07/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 1322

VISTO: la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de octubre de 2002.

RESULTANDO: I) Que por dicho acto administrativo se autorizó a la empresa
DINVERT S.A., a efectuar el desarrollo, operación y mantenimiento de
instalaciones y la prestación de los servicios portuarios en la terminal
Rincón del Cerro, otorgándosele una concesión de uso de las obras de
dominio público existentes en el álveo frente al padrón N° 158.953 de la
13ª Sección Judicial del Departamento de Montevideo.

II) Que, además, se le otorgó una concesión de uso privativo de acuerdo
con los artículos 165 y siguientes del Código de Aguas, de la parte del
álveo y de las aguas correspondientes al Río de la Plata.

III) Que la Dirección Nacional de Hidrografía informa que, ante el
incumplimiento de la firma de lo acordado, por resolución del Director de
dicha dependencia de fecha 9 de setiembre de 2003, se le otorgó un plazo
de diez días para subsanar los incumplimientos constatados y habiéndosele
dado vista para que regularice la situación, no dio cumplimiento a la
intimación que le fue realizada.

IV) Que por resoluciones de fechas 3 de mayo de 2004 y 14 de setiembre de
2004 se le da vista a fin de que presente la documentación que le fuera
requerida, bajo apercibimiento de revocarle las concesiones y autorización
otorgada por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de octubre de 2002.

V) Que, continúa expresando la indicada Dirección Nacional, con fecha 20
de mayo de 2004, la empresa presenta la información que anteriormente le
fue solicitada, respecto del Proyecto Ejecutivo Etapa I de la Terminal
Rincón del Cerro, solicitando en dicho acto la eliminación de la garantía
de finalización de la obra.

VI) Que técnicos de la Dirección Nacional de Hidrografia comprobaron que
se realizaron obras, por ello solicitaron a la firma que demuestre que las
mismas se corresponden con las del Proyecto Ejecutivo en proceso de
aprobación, al no obtener respuesta por resolución del 3 de agosto de 2005
se le intima a dar cumplimiento con lo requerido precedentemente.

VII) Que con fecha 17 de diciembre de 2012 el Señor Enrique Gudynas, quien
tiene una propiedad a cien metros de donde se le autorizó la realización
de las obras a la indicada empresa, presenta una nota ante el Ministerio
de Transporte y Obras Públicas solicitando, se revoquen las concesiones y
autorizaciones que le fueran otorgadas a DINVERT S.A. en Punta Canario,
Rincón del Cerro, en particular por el Código de Aguas del uso del álveo y
el agua, al haberse convertido toda esa zona en una mega chatarrería para
desguace de barcos.

VIII) Que dado el tiempo transcurrido y los reiterados incumplimientos de
la empresa, pese a las intimaciones que le fueron practicadas, aconseja se
revoquen las concesiones y autorización que le fueron otorgadas, dándose
vista al interesado de tal planteamiento.

IX) Que ante ello, DINVERT S.A. presenta escrito solicitando una reunión
con integrantes del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para
viabilizar el proyecto autorizado, contemplando las inversiones ya
realizadas.

X) Que la Dirección Nacional de Hidrografía, a través de los informes
realizados por sus oficinas técnicas, mantiene la posición de revocar la
resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de octubre de 2002.

XI) Que División Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) de la
referida Secretaría de Estado expresa que, dado los reiterados
incumplimientos de la firma, pese a las intimaciones bajo apercibimiento
que le fueran realizadas y a lo informado por las distintas reparticiones
de la Dirección Nacional de Hidrografía, es pertinente proceder a la
revocación de la citada resolución.

CONSIDERANDO: que corresponde, dado lo informado, revocar la resolución
del Poder Ejecutivo antes aludida.

ATENTO: a lo preceptuado en el Numeral 17°, literal c) de la resolución
del Poder Ejecutivo de fecha 9 de octubre de 2002.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Revócase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de octubre de 2002,
por la cual se autorizó a la empresa DINVERT S.A. a efectuar el
desarrollo, operación y mantenimiento de instalaciones y la prestación de
los servicios portuarios en la terminal Rincón del Cerro, otorgándosele
una concesión de uso de las obras de dominio público existentes en el
álveo frente al padrón N° 158.953 de la 13ª Sección Judicial del
Departamento de Montevideo y la concesión de uso privativo de acuerdo con
los artículos 165 y siguientes del Código de Aguas, de la parte del álveo
y de las aguas correspondientes al Río de la Plata.

JOSÉ MUJICA - ENRIQUE PINTADO
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