TRANSFERENCIA DE ACCIONES. FRECUENCIA 99.5 MHZ. CANAL 258. EMISORA ANSINA S.A. MONTEVIDEO




Promulgación: 13/01/2017
Publicación: 01/02/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de autorización de los Srs. Eduardo, Arturo y Álvaro Vargas Lerena, para transferir el 100% las acciones que poseen en la sociedad EMISORA ANSINA S.A., a favor del Sr. Francisco de Posadas;

   RESULTANDO: I) que por resolución del Poder Ejecutivo de 19 de diciembre de 2016, se autorizó la realización del negocio definitivo de transferencia del 100% del paquete accionario de la empresa EMISORA ANSINA S.A. a favor del Sr. Francisco de Posadas;

   II) que por la precitada resolución se estableció, que conforme a lo dispuesto por el artículo 109 inciso 6 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, en el plazo de cuatro meses, debía acreditarse en forma fehaciente la realización del negocio definitivo, so pena de caducidad de la autorización conferida;

   III) que el mismo acto dispuso que previo a autorizarse la transferencia, debía acreditarse el extremo establecido en el art. 104 lit. B) de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

   VI) que con fecha 22 de diciembre de 2016, los interesados acreditaron, en forma fehaciente, el negocio de transferencia del 100% de las acciones, que poseen los Srs. Eduardo, Arturo y Álvaro Vargas Lerena en la sociedad EMISORA ANSINA S.A., a favor del Sr. Francisco de Posadas;

   V) que en la misma fecha, se cumplió con el requisito establecido en art. 104 lit. B) de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, mediante la presentación de constancia policial, que acredita que el Sr. Francisco de Posadas se domicilia en la República Oriental del Uruguay;

   CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, con fecha 29 de diciembre de 2016, informa favorablemente, sugiriendo autorizar la transferencia solicitada; 

   II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, en virtud de lo expuesto y en atención al informe favorable que antecede, sugiere resolver en los términos solicitados;

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto en la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014 y el Decreto N° 155/005 de 9 de mayo de 2005, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase la transferencia del 100% de las acciones que detentan los Srs. Eduardo, Arturo y Álvaro Vargas Lerena en la empresa EMISORA ANSINA S.A., titular de la emisora que opera en la frecuencia 99.5 MHz. (canal 258) de la localidad de Montevideo, a favor del Sr. Francisco de Posadas.

   TABARÉ VÁZQUEZ - GUILLERMO MONCECCHI
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