DECLARACION DE DESIERTO EL LLAMADO PUBLICO PARA PRESTAR SERVICIO DE RADIODIFUSION. PUNTA DEL DIABLO ROCHA




Promulgación: 15/06/2018
Publicación: 27/06/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la realización del llamado público a interesados en brindar el servicio de radiodifusión comercial en la localidad de Punta del Diablo, departamento de Rocha, canal 208, frecuencia 89,5 MHz, con una potencia efectiva radiada (PER) de 0,5 Kw PER y una HMA de 30 metros, dispuesta por resolución del Poder Ejecutivo N° 364/013 de fecha 1 de julio de 2013.

   RESULTANDO: que de acuerdo al procedimiento establecido, la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), por resolución N° 186/013 de fecha 23 de agosto de 2013, dispuso la convocatoria al llamado y aprobó su pliego de bases y condiciones;

   CONSIDERANDO: I) que se recibió la propuesta del Sr. Alfredo Martínez Pérez la cual, realizados los controles formales, fue observada por incumplimiento por parte del interesado de uno de los requisitos esenciales previstos en el pliego de condiciones que rigió el llamado de referencia, como ser, la omisión en la presentación del proyecto técnico;     

   II) que, concretamente, el punto VI, numeral 12, literal b del pliego de condiciones refiere al proyecto técnico como parte integrante de la propuesta y el punto IV, numeral 7, literal j del mismo establece la obligatoriedad de todo interesado de presentar la totalidad de la documentación establecida en el pliego;

   III) que habiéndose omitido la presentación de un requisito esencial, que constituye parte integrante de la propuesta misma, se configuró un incumplimiento que no puede ser subsanado en una etapa posterior a la presentación;

   IV) que se otorgó vista de estas actuaciones en cumplimiento a la normativa vigente y en cumplimiento del debido proceso.

   ATENTO: a lo preceptuado por los artículos 70 y siguientes de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Declárase desierto el llamado a interesados en prestar el servicio de radiodifusión comercial sonora, en la localidad de Punta del Diablo departamento de Rocha, canal 208, frecuencia 89,5 MHz, con una potencia efectiva radiada (PER) de 0,5 Kw PER y una HMA de 30 metros, cuya realización fue dispuesta por la resolución del Poder Ejecutivo N° 364/013 de fecha 1 de julio de 2013.

2

   Comuníquese, publíquese, notifíquese y vuelva a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos. 

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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