OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE TELECOMUNICACIONES CLASE "B", A BUTIA S.R.L.




Promulgación: 25/10/2023
Publicación: 07/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud presentada por BUTIA S.R.L., para que se le otorgue licencia Clase "B" y se le autorice la prestación del servicio de transmisión de datos en la localidad de Castillos, del departamento de Rocha donde actualmente opera con su licencia Clase "D";

   RESULTANDO: que por Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) N° 424/003, de 4 de diciembre de 2003, se otorgó Licencia de Telecomunicaciones Clase "D" para la prestación del servicio de televisión para abonados en las ciudades y localidades que estaban operando, entre otras, a la empresa BUTIA S.R.L;

   CONSIDERANDO: I) que conforme al artículo 56 de la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, en la redacción dada por el artículo 240 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, los titulares de servicios de comunicación audiovisual de televisión para abonados que operan mediante cable tendrán derecho a solicitar licencias para prestar servicios de banda ancha y acceso a internet, a través del empleo de sus redes propias, desarrollos futuros o de recursos que contraten con terceros, en igual área de cobertura a la de su respectiva licencia;

   II) que el artículo 11 del Decreto N° 115/003, de 25 de marzo de 2003, enumera taxativamente los requisitos que deben cumplirse para la obtención de una licencia;

   III) que de la documentación presentada por BUTIA S.R.L surge que ha cumplido con los requisitos jurídicos y técnicos exigidos por la normativa vigente para acceder a lo solicitado;

   IV) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, comparte los dictámenes técnicos de la URSEC y la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, sugiriendo otorgar la Licencia de Telecomunicaciones Clase "B" para prestar el servicio de transmisión de datos en las áreas geográficas donde actualmente cuenta con Licencia clase "D" mediante la modalidad de televisión por cable;

   ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por el artículo 56 de la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, en la redacción dada por el artículo 240 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, el artículo 11 del Reglamento de Licencias de Telecomunicaciones aprobado por el Decreto N° 115/003, de 25 de marzo de 2003, y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Otórgase a la empresa BUTIA S.R.L., la Licencia de Telecomunicaciones Clase "B" para la prestación del servicio de transmisión de datos en el área geográfica donde opera con su Licencia Clase "D", mediante la modalidad de televisión por cable en la localidad de Castillos, del departamento de Rocha;

2

   Comuníquese, publíquese, y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos.

   LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI
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