SERVIDUMBRES DE ACUEDUCTO. BIENES INMUEBLES. SAN JOSE




Promulgación: 18/11/1981
Publicación: 02/02/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 1715
  Visto: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por la
Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE), a efectos de que
sea declarada sujeta a servidumbre de acueducto, declarándose urgente su
ocupación, una fracción de terreno ubicada en la Sexta Sección Judicial
del departamento de San José, empadronada con el Nº 598 (parte), propiedad
de la Sucesión del señor Cecilio Bernardo Berto.

   Resultando: I) Que la citada Administración gestiona la servidumbre de
referencia para la construcción de la Red General de Alcantarillado de
Libertad, departamento de San José;

   II) Que la Asesoría Letrada del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas al informar las presentes actuaciones manifiesta que para el
caso, se ha cumplido con todos los requisitos legales exigibles en la
materia.

   Considerando: que corresponde resolver en consecuencia.

   Atento: a lo establecido por el artículo 4º de la ley 11.907, de 19 de
diciembre de 1952, artículo 457 de la ley 10.004, de 14 de junio de 1941
(Código Rural) y la ley 14.859, de 15 de diciembre de 1978 (Código de
Aguas),

   El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

   Declárase sujeta a servidumbre de acueductos, declarándose urgente su
ocupación, la fracción de terreno propiedad de la Sucesión del señor
Cecilio Bernardo Berto, destinada a las obras de construcción de la Red
General de Alcantarillado de Libertad, delineada en el plano del ingeniero
agrimensor Alfredo Siqueira (Nº 24287), ubicada en la Sexta Sección
Judicial del departamento de San José, Padrón Nº 598 (parte), con un área
de 342m² 78 y que se deslinda así: por el noreste: lindando con el Padrón
Nº 1327, un línea recta de 4m00; por el este: lindando con el Padrón Nº
598 (parte) una línea recta de 86m50; por el suroeste: lindando con el
Padrón Nº 597 una línea recta de 4m55; por el oeste: lindando con el
padrón Nº 598 (parte) una línea recta de 84m89.

2

   Comuníquese y vuelva a la Administración de las Obras Sanitarias del
Estado a sus efectos.

GREGORIO C. ALVAREZ - EDUARDO J. SAMPSON
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