CONVOCATORIA A LAS ORGANIZACIONES REPRESENTATIVAS DE PRODUCTORES, DEL COMERCIO MAYORISTA Y MINORISTA, VINCULADAS A LA ACTIVIDAD DE LA UNIDAD AGROALIMENTARIA METROPOLITANA A QUE NOMINEN SUS RESPECTIVOS CANDIDATOS PARA INTEGRAR EL DIRECTORIO DE LA CITADA UNIDAD
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión impulsada por la Unidad Agroalimentaria Metropolitana (UAM);
RESULTANDO: I) que en la gestión de referencia, la citada Unidad solicita se realice la convocatoria a las organizaciones representativas de los sectores estipulados en los literales D), E) y F) del artículo 5° de la Ley N° 18.832, de 28 de octubre de 2011, en la redacción por el artículo 285 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, para integrar su Directorio;
II) que dicha norma legal dispone que el Directorio de la Unidad Agroalimentaria Metropolitana estará integrado, entre otros, con los siguientes miembros a designarse:
"(...) D) Tres miembros designados por organizaciones representativas de productores vinculadas a la actividad de la Unidad Agroalimentaria Metropolitana y que cuenten con personería jurídica, las que serán convocadas por la Intendencia de Montevideo y el Poder Ejecutivo para nominar candidatos.
E) Un miembro designado por las organizaciones representativas del comercio mayorista vinculadas a la actividad de la Unidad Agroalimentaria Metropolitana y que cuenten con personería jurídica, las que serán convocadas por la Intendencia de Montevideo y el Poder Ejecutivo para nominar candidatos.
F) Un miembro designado por las organizaciones representativas del comercio minorista vinculadas a la actividad de la Unidad Agroalimentaria Metropolitana y que cuenten con personería jurídica, las que serán convocadas por la Intendencia de Montevideo y el Poder Ejecutivo para nominar candidatos. (...)";
CONSIDERANDO: oportuno y conveniente proceder a la convocatoria legal precedentemente referida;
ATENTO: a lo expuesto y a lo previsto por el artículo 5° de la Ley N° 18.832, de 28 de octubre de 2011, en la redacción por el artículo 285 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Convócase a las organizaciones representativas de productores, del comercio mayorista y del comercio minorista, vinculadas a la actividad de la Unidad Agroalimentaria Metropolitana y que cuenten con personería jurídica, a que nominen, cada una de ellas, sus respectivos candidatos para integrar el Directorio de la citada Unidad.
Las organizaciones gremiales proponentes deberán acreditar estar vinculadas a la actividad de la Unidad Agroalimentaria Metropolitana y contar con personería jurídica.
Las nominaciones antedichas deberán presentarse en las dependencias de la Unidad Agroalimentaria Metropolitana, sita en Camino Luis Eduardo Pérez 6651 (Montevideo).