REVOCACION DE LA AUTORIZACION PARA GENERAR ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE EOLICA A TOGELY COMPANY S.A.




Promulgación: 27/01/2020
Publicación: 06/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo N° 438/014 de fecha 11 de agosto de 2014;

   RESULTANDO: I) que la referida Resolución otorgó a TOGELY COMPANY S.A. autorización para generar energía eléctrica de fuente eólica por una potencia nominal de 10 MW mediante una central generadora a instalarse en el padrón rural N° 567 del departamento de Treinta y Tres;

   II) que en el marco de la evaluación que le compete a la Dirección Nacional de Energía de los proyectos con autorización de generación de energía eléctrica se solicitó a TOGELY COMPANY S.A. información respecto al grado de avance del cronograma presentado del proyecto autorizado;

   III) que TOGELY COMPANY S.A. comunicó que el proyecto se encuentra suspendido debido a que los resultados de estudios geológicos del área del proyecto indicaron la necesidad de realizar una inversión que inviabiliza el proyecto;

   CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 y 54 del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica, aprobado por Decreto N° 360/002 de 11 de setiembre de 2002, es cometido del Poder Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de generación;

   II) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Decreto N° 72/010 de 22 de febrero de 2010, el Poder Ejecutivo podrá revocar la autorización otorgada por el incumplimiento de las obligaciones de la autorización otorgada y de las leyes y reglamentos aplicables;

   III) que la Dirección Nacional de Energía considera que el proyecto autorizado ha incumplido las obligaciones estipuladas en el artículo 3 numeral 1, 2 y 3, por lo cual sugiere revocar la autorización de generación otorgada por Resolución del Poder Ejecutivo N° 438/014 de fecha 11 de agosto de 2014;

   ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el Decreto-Ley N° 14694 de 1° de setiembre de 1977, la Ley N° 16832 de 17 de junio de 1997 y los Decretos Nros. 360/002 de 11 de setiembre de 2002 y 72/010 de 22 de febrero de 2010, y a lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria Energía y Minería;     

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Revócase la Resolución del Poder Ejecutivo N° 438/014 de fecha 11 de agosto de 2014.

2

   Comuníquese, notifíquese, remítase copia a la Administración del Mercado Eléctrico y oportunamente archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - OLGA OTEGUI
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