VISTO: la gestión del Comando General de la Armada con relación a la isla
"La Tuna";
RESULTANDO: que la isla "La Tuna", se encuentra ubicada en el Océano
Atlántico frente a la localidad catastral La Paloma del Departamento de
Rocha, graficada en la lámina parcelaria D28 A (B2) estando solamente
identificada por su nombre;
CONSIDERANDO: que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del
Decreto-Ley Nº 14.157 de 21 de febrero de 1974 constituyen jurisdicción
de la Armada, las islas jurisdiccionales del Océano Atlántico;
ATENTO: a lo informado por la Dirección General del Catastro Nacional,
por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo
dispuesto por el artículo 34 del Decreto-Ley Nº 14.157 del 21 de febrero
de 1974.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
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Declárase que la isla "La Tuna" ubicada en el Océano Atlántico, frente
a la ciudad de La Paloma, departamento de Rocha, graficada en la lámina
parcelaria D28A (B2) de la Dirección General del Catastro Nacional
constituye jurisdicción de la Armada Nacional conforme a lo establecido
en el artículo 34 del Decreto-Ley Nº 14.157 de 21 de febrero de 1974 y
será administrada por el Comando General de la Armada.