APROBACION DE TARIFAS. DIARIO OFICIAL. ABRIL 1993




Promulgación: 12/03/1993
Publicación: 29/03/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 244
    Visto: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Impresiones y
Publicaciones Oficiales, Programa 002, Unidad Ejecutora 002, Inciso 11,
Ministerio de Educación y Cultura, solicitando la aprobación del Poder
Ejecutivo de las tarifas del costo de página y publicación del Diario
Oficial, que deberá regir a partir del día de la notificación de la
presente resolución.

    Resultando:I) Que de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 373 de la ley
15.809 del 8 de abril de 1986 y el Art. 332 de la ley 16.170 procede la
modificación de las tarifas a aplicar a fin de ajustarlas a los costos
actuales;

II) Que la Dirección Nacional de IMPO, propone en función de lo antedicho
las tarifas a regir desde el el 1º de abril de 1993;

III) Que no existen objeciones contables que se opongan a lo solicitado.

    Considerando: que corresponde resolver en consecuencia.

    Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la
Contaduría Central del Ministerio de Educación y Cultura, lo dispuesto en
el Art. 332 de la ley 16.170 y a las atribuciones delegadas establecidas
en el título VII de la resolución 13/993,
El Ministro de Educación y Cultura, en ejercicio de las atribuciones
delegadas,

                              RESUELVE:

1

  Fíjanse los siguientes precios para el pago de los trabajos de impresión
por página del Diario Oficial, por parte de la Dirección Nacional de
Impresiones y Publicaciones Oficiales, los que regirán a partir del 1º de
abril de 1993:  Costo de la Página $ 141.40 (pesos uruguayos ciento
cuarenta y uno con 40/100).
Referencias al numeral

2

   Fíjanse las siguientes tarifas para la publicación de Avisos, Edictos
Judiciales, Pago de Suscripciones, Precio de Venta de Ejemplares, etc; que
realice la Dirección del Diario Oficial a partir del día siguiente de la
publicación de la presente resolución y hasta el ajuste de la mismas de
acuerdo con la evolución del Indice General de Precios al Consumo en el
cuatrimestre:

  Avisos Judiciales por cada publicación
  (el centímetro, 20 palabras)                      $  5,00
  Avisos Estatales y Particulares (el
  centímetro, 20 palabras)                          $ 12,20
  Balance, por cada línea medida 14 cíceros
  o equivalente                                     $  8,20
  Estatutos y  reformas  de   Sociedades
  Anónimas  y  Sociedades de Responsabilidad
  Limitada el centímetro                            $ 70,00
  Edicto Matrimonio                                 $ 36,00

 Publicaciones Bonificadas

 Estatutos de Cooperativas: 50% sobre tarifas de Sociedades Anónimas.
Propiedad Literaria y Artística: 50% sobre tarifas de avisos particulares.
Patentes de Invención: 25% sobre tarifas de avisos particulares.

Publicaciones Gratuitas

Pérdida de Patria Potestad, ley 13.209, Art. 2º.
Bienes de Familia: ley 15.597 artículo 16.
Rectificación de partidas: ley 16.170 artículo 340.

Suscripciones y Ejemplares

Retirando los ejemplares en IMPO o en
agencias por cuatrimestre                        $ 368.00
Reparto a domicilio por cuatrimestre             $ 460.00
Reparto al Interior (Agencia)                    $ 414.00
Exterior por Correo, el cuatrimestre             $ 920.00
Ejemplares del día                               $   4.50
Ejemplares atrasados                             $   6.25
Atrasados más de 15 días                         $   7.50
Atrasados más de un año                          $  15.00
Fotocopia de la página                           $   2.50

Servicio de Microfilmación

A)  Microfilmado y revelado por Imagen Reliant 700, 16m   $  0.40
B)  Microfilmado y revelado por Imagen MRD 16 mm          $  0.60
C)  Encajetado por rollo                                  $ 33.00
Referencias al numeral

3

    Comuníquese a la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones
Oficiales, publíquese y pase a la Contaduría Central del Ministerio de
Educación y Cultura para su conocimiento. Cumplido, archívese.

ANTONIO MERCADER
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