TRANSFERENCIA DE ACCIONES DE SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. ENORAL S.A.




Promulgación: 07/05/2014
Publicación: 21/05/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 804
Referencias a toda la norma
VISTO: las gestiones promovidas por los Sres. Gustavo León y Marcelo
Augusto Ceruzzi Savio solicitando se les autorice la transferencia de
acciones de la empresa ENORAL S.A.

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 545/993 de 2 de
julio de 1993, se autorizó a ENORAL S.A., a suministrar el Servicio de
Televisión para Abonados, por el sistema "cable" en la ciudad de Florida,
departamento de Florida;

II) que por Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones N° 328/005, Acta 036 de 8 de noviembre de 2005, se autorizó
la cesión y transferencia de acciones determinándose que ENORAL S.A.
quedará integrada por los siguientes socios: Marcelo Augusto Ceruzzi
Savio, Gustavo Alfredo León Castiglioni y Marcelo Roberto Méndez Cabrera.

CONSIDERANDO: I) que por negocio jurídico de fecha 18 de setiembre de 2013
el Sr. Gustavo Alfredo León Castiglioni vendió al Sr. Marcelo Augusto
Ceruzzi Savio el 25% de las acciones de la empresa ENORAL S.A.;

II) que por negocio jurídico de 18 de setiembre de 2013 el Sr. Marcelo
Augusto Ceruzzi Savio vendió al Sr. Marcelo Roberto Méndez Cabrera el
12,5% de las acciones de la empresa ENORAL S.A.;

III) que los cesionarios han cumplido con la totalidad de los requisitos
previstos por los Decretos N° 349/990 de 7 de agosto de 1990, N° 115/003
de 25 de marzo de 2003, N° 353/006 de 2 de octubre de 2006 y N° 186/012 de
6 de junio de 2012;

IV) que surge en obrados que ENORAL S.A. se encuentra al día con sus
obligaciones ante la URSEC, el Banco de Previsión Social y la Dirección
General Impositiva;

V) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería, compartiendo el informe de la Dirección Nacional de
Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, entiende que
correspondería autorizar la transferencia solicitada.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto la Ley N° 17.296 de
21 de febrero de 2001 en redacción dada por las Leyes No. 18.719 de fecha
27 de diciembre de 2010, sus modificativos y concordantes, a los Decretos
349/990 de 7 de agosto de 1990, N° 115/003 de 25 de marzo de 2003, 353/006
de 2 de octubre de 2006 y 186/012 de 6 de junio de 2012; lo informado por
la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, por la Dirección
Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y
la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la transferencia de la totalidad de las acciones
pertenecientes al Sr. Gustavo Alfredo León Castiglioni en la empres ENORAL
S.A. a favor del Sr. Marcelo Augusto Ceruzzi Savio.

2

 Autorízase la transferencia a favor del Sr. Marcelo Roberto Méndez
Cabrera del 12,50% (doce y medio por ciento) del total de las acciones de
la empresa ENORAL S.A. las cuales pertenecen al Sr. Marcelo Augusto
Ceruzzi Savio.

3

 Establécese que, en mérito a las transferencias que por el presente acto
se autorizan, la empresa ENORAL S.A. queda integrada del siguiente modo:
Sr. Marcelo Augusto Ceruzzi Savio con el 62,50% (sesenta y dos y medio por
ciento) y Sr. Marcelo Roberto Méndez Cabrera con el 37,50% (treinta y
siete y medio por ciento) de la totalidad de las acciones.

4

 La presente autorización quedará condicionada a que la empresa acredite
en el plazo de 30 (treinta) días corridos a contar de la notificación de
la resolución, la inscripción de la cesión en el registro correspondiente.

5

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones a sus efectos.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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